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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 162 Miercoles, 22 de agosto de 2001 Pág. 11.211

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 14 de junio de 2001 por la que se le concede el cambio de denominación y la autorización definitiva al centro privado Benposta Ciudad de los Muchachos de Ourense, para impartir educación secundaria obligatoria y bachillerato de las modalidades de ciencias de la naturaleza y de la salud y humanidades y ciencias sociales, según los datos del anexo.

Examinado el expediente instruido a instancia del centro privado Benposta-Ciudad de los Muchachos de Ourense, solicitando cambio de denominación y autorización definitiva para impartir educación secundaria obligatoria bachillerato de las modalidades de ciencias de la naturaleza y de la salud y humanidades y ciencias sociales.

Vistos la Ley 1/1990, de 3 de octubre (BOE del 4 de octubre), de ordenación general del sistema educativo, Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26 de junio), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias, Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22 de mayo), sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que lo desarrolla.

Teniendo en cuenta los informes de la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de Ourense, así como lo contemplado en la disposición transitoria tercera, apartado c) del Real decreto 1004/1991, en lo referente al bachillerato.

Esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autorizar el cambio de denominación del centro privado Bemposta-Ciudad de los Muchachos pasando a denominarse Benposta-Nación de Muchachos.

Segundo.-Autorizar al centro privado Benposta-Nación de Muchachos de Ourense, para impartir educación secundaria obligatoria e bachillerato de las modalidades de ciencias de la naturaleza y de la salud y humanidades y ciencias sociales, según se especifica en el anexo de esta orden.

Tercero.-Para las enseñanzas que se autorizan, la delegación provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe de la Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que imparta docencia en dicho centro, así como el equipamiento adecuado para impartir dichas enseñanzas.

Cuarto.-Queda el centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Quinto.-Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 14 de junio de 2001.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO

Provincia: Ourense.

Municipio: Ourense.

Localidad: Ourense.

Domicilio: Finca Benposta.

Código del centro: 32008653.

Denominación anterior: Bemposta-Ciudad de los Muchachos.

Nueva denominación: Benposta-Nación de Muchachos.

Titular: Benposta-Nación de los Muchachos.

Composición resultante:

a) Centro de educación primaria: 6 unidades.

c) Centro de educación secundaria:-4 unidades de educación secundaria obligatoria.

-4 unidades de bachillerato de las modalidades de ciencias de la naturaleza y de la salud y humanidades y ciencias sociales.