Según lo dispuesto en el artículo 31 del Estatuto de autonomía de Galicia, es competencia de la Comunidad Autónoma gallega la reglamentación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, y de acuerdo con el artículo 1 del Decreto 213/1998, de 10 de julio (Diario Oficial de Galicia del 23 de julio) la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria es el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia al que le corresponden estas competencias.
Los conservatorios de música de titularidad municipal llevan a cabo una importante labor en el fomento, difusión y extensión de las enseñanzas de música por todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y tienen una gran importancia para el desarrollo integral de los niños y jóvenes, contribuyendo así al enriquecimiento de la vida cultural de los ayuntamientos.
La implantación del nuevo sistema educativo, establecido por la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, les exige a los ayuntamientos titulares de estos conservatorios de música importantes adaptaciones estructurales y los presupuestos necesarios para llevarlas a cabo, para así cumplir los requisitos mínimos de instalaciones de estos centros.
Por otro lado, hay que tener en cuenta el compromiso escrito adquirido por los ayuntamientos afectados de llevar a cabo las actuaciones necesarias en los conservatorios de música de los que son titulares, para dar cumplimiento efectivo a los requisitos mínimos de instalaciones y al currículo, con la finalidad de que se le pueda conceder la autorización definitiva antes del 1 de junio de 2003.
Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto y a propusta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa, esta consellería
DISPONE:
Primero.-Autorizar a los conservatorios de música de titularidad municipal, que figuran en el anexo a
esta orden, a impartir, con carácter provisional hasta el 1 de junio de 2003, los grados elemental y/o medio de las enseñanzas de música establecidas por la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo.
Segundo.-Los ayuntamientos titulares de estos conservatorios tienen la obligación de cumplir el compromiso adquirido de llevar a cabo las actuaciones necesarias en estos centros educativos para adaptarlos a los requisitos mínimos que fija el Real decreto 389/1992, de 15 de abril (Boletín Oficial del Estado del 28 de abril) y al currículo que establece el Decreto 253/1993, de 29 de julio (Diario Oficial de Galicia del 25 de octubre), para tener concedida autorización definitiva, de acuerdo con el procedimiento establecido al efecto, antes del 1 de junio de 2003.
Disposición final
Única.-Se faculta a la Dirección General de Centros e Inspección Educativa para dictar las normas necesarias para el desarrollo de la presente orden.
Santiago de Compostela, 2 de julio de 2001.
Celso Currás Fernández
Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria
ANEXO
PROVINCIA: CORUÑA, A
Localidad: Carballo.
Titular: Ayuntamiento de Carballo.
Centro: conservatorio profesional de música de Carballo.
Código del centro: 15026662.
Autorización provisional: grado medio.
Localidad: Culleredo.
Titular: Ayuntamiento de Culleredo.
Centro: conservatorio profesional de música de Culleredo.
Código del centro: 15026728.
Autorización provisional: grado medio.
Localidad: Melide.
Titular: Ayuntamiento de Melide.
Centro: conservatorio profesional de música de Melide.
Código del centro: 15027162.
Autorización provisional: grado medio.
Localidad: Pontes de García Rodríguez, As.
Titular: Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez.
Centro: conservatorio profesional de música de As Pontes de García Rodríguez.
Código del centro: 15026741.
Autorización provisional: grado medio.
Localidad: Ribeira.
Titular: Ayuntamiento de Ribeira.
Centro: conservatorio profesional de música de Ribeira.
Código del centro: 15032200.
Autorización provisional: grados elemental y medio.
PROVINCIA: OURENSE
Localidad: Barco de Valdeorras, O.
Titular: Ayuntamiento de O Barco de Valdeorras.
Centro: conservatorio profesional de música de O Barco de Valdeorras.
Código del centro: 32016510.
Autorización provisional: grado medio.
Localidad: Carballiño, O.
Titular: Ayuntamiento de O Carballiño.
Centro: conservatorio profesional de música de O Carballiño.
Código del centro: 32016522.
Autorización provisional: grado medio.
Localidad: Ribadavia.
Titular: Ayuntamiento de Ribadavia.
Centro: conservatorio profesional de música de Ribadavia.
Código del centro: 32016546.
Autorización provisional: grado medio.
Localidad: Xinzo de Limia.
Titular: Ayuntamiento de Xinzo de Limia.
Centro: conservatorio profesional de música de Xinzo de Limia.
Código del centro: 32016534.
Autorización provisional: grado medio.
PROVINCIA: PONTEVEDRA
Localidad: Cangas.
Titular: Ayuntamiento de Cangas.
Centro: conservatorio profesional de música de Cangas.
Código del centro: 36024276.
Autorización provisional: grados elemental y medio.
Localidad: Guarda, A.
Titular: Ayuntamiento de A Guarda.
Centro: conservatorio elemental de música de A Guarda.
Código del centro: 36024288.
Autorización provisional: grado elemental.
Localidad: Ponteareas.
Titular: Ayuntamiento de Ponteareas.
Centro: conservatorio profesional de música Reveriano Soutullo.
Código del centro: 36018367.
Autorización provisional: grado medio.
Localidad: Redondela.
Titular: Ayuntamiento de Redondela.
Centro: conservatorio profesional de música de Redondela.
Código del centro: 36024291.
Autorización provisional: grados elemental y medio.
Localidad: Tui.
Titular: Ayuntamiento de Tui.
Centro: conservatorio profesional de música de Tui.
Código del centro: 36024306.
Autorización provisional: grado medio.