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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 157 Martes, 14 de agosto de 2001 Pág. 10.948

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 25 de junio de 2001 por la que se autoriza a los conservatorios superiores de música de A Coruña y de Vigo para impartir, con carácter provisional, las enseñanzas correspondientes al primer curso del grado superior de música previstas en la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, para el curso escolar 2001/2002.

Según lo dispuesto en el artículo 31 del Estatuto de autonomía de Galicia, es competencia de la Comunidad Autónoma gallega la reglamentación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades y de acuerdo con el artículo 1 del Decreto 213/1998, de 10 de julio (Diario Oficial de Galicia del 23 de julio), la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria es el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia al que le corresponden estas competencias.

Los conservatorios superiores de música de A Coruña y de Vigo vienen impartiendo las enseñanzas de los grados elemental, medio y superior de música correspondientes al plan de estudios que regula el Decreto 2618/1966, de 10 de septiembre (BOE del 24 de octubre), así como las de los grados elemental y medio de música previstas en la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo.

Teniendo en cuenta que en el curso escolar 2000/2001 se implantó en la Comunidad Autónoma de Galicia el 6º curso del grado medio de música, de las enseñanzas establecidas en la LOGSE, con la finalidad de no interrumpir los estudios de los alumnos que este curso escolar superen este grado, y mientras no se terminen las actuaciones necesarias por parte de esta Consellería de Educación y Ordenación Universitaria para la consecución de las infraestructuras reguladas por el Real decreto 389/1992, de 15 de abril, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas artísticas (BOE del 28 de abril).

Esta consellería, previo informe de la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional y a propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autorizar a los conservatorios superiores de música de A Coruña y de Vigo para impartir, con carácter provisional, las enseñanzas correspondientes al primer curso del grado superior de música previstas en la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, para el curso escolar 2001/2002.

Segundo.-La presente orden, que agota la vía administrativa, podrá ser objeto de recurso potestativo de reposición ante el Conselleiro de Educación y Orde

nación Universitaria, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27de noviembre), o bien los interesados podrán presentar directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, conforme se establece en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa (BOE del 14 de julio).

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta a las direcciones generales de Ordenación Educativa y Formación Profesional, Centros e Inspección Educativa y Personal para dictar las normas necesarias para el desarrollo de la presente orden.

Segunda.-Esta orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 25 de junio de 2001.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria