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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 142 Lunes, 23 de julio de 2001 Pág. 10.086

III. OTRAS DISPOSICIONES

INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA

RESOLUCIÓN de 13 de julio de 2001 por la que se hace público el contenido de las bases reguladoras de la Comisión Técnica de Análisis y Evaluación de Proyectos del Instituto Gallego de Promoción Económica.

El Consejo de Dirección del Igape, en su reunión de 13 de julio de 2001, aprobó las bases reguladoras de la Comisión Técnica de Análisis y Evaluación de Proyectos del Igape, según el texto que se adjunta a la presente resolución, facultando a la directora general a su publicación.

Polo que antecede,

RESUELVO:

Hacer público el texto de las bases reguladoras de la Comisión Técnica de Análisis y Evaluación de Proyectos del Igape, que se adjunta a la presente resolución.

Santiago de Compostela, 13 de julio de 2001.

Margarita Rodríguez Rama

Directora general del Instituto Gallego de Promoción

Económica

Bases reguladoras de la Comisión Técnica de Análisis y Evaluación de Proxectos del Igape

El Igape, en la procura de consolidar y mejorar continuamente el servicio prestado a la Comunidad Autónoma en la promoción económica de la misma, en el momento de la puesta en marcha de un nuevo marco de ayudas y con el objetivo de dotar su actuación de una evaluación técnica y de seguimiento constante que permita el contraste necesario para reforzar o adecuar las iniciativas de promoción que se vayan desarrollando, considera necesaria la creación de un órgano técnico multidisciplinar con la finalidad de facilitar las tareas de coordinación del instituto y las de éste, con otras instituciones públicas autonómicas en el ámbito de la promoción económica y que facilite los apoyos necesarios para mantener el seguimiento permanente y continuo sobre la evolución de la actividad económica y sobre la eficacia de las políticas de gasto del Igape y su repercusión en esa evolución.

Asimismo, las diferentes líneas de ayuda puestas en marcha por el instituto originan múltiples tipologías de proyectos de los distintos sectores empresariales, respaldados por planteamientos integrales que indiquen el impacto previsto de cada iniciativa en la empresa y en el tejido empresarial. La puesta en marcha de un órgano multidisciplinar permitirá obtener una visión técnica autorizada que refuerce la calidad de los proyectos y aporte valor añadido a las propuestas, junto con el apoyo que representará en la evaluación de los mismos para los órganos gestores.

Base 1ª.-Se crea la Comisión Técnica de Análisis y Evaluación de Proyectos como órgano multidisci

plinar de asesoramiento y apoyo, bajo la dependencia directa de la Dirección General del Instituto Gallego de Promoción Económica.

Base 2ª.-La Comisión Técnica de Análisis y Evaluación de Proyectos le corresponde:

a) Informar sobre la viabilidad económica y financiera de los proyectos empresariales globales presentados al amparo de los programas y líneas de ayuda del Igape, así como sobre su impacto estratégico en la Comunidad Autónoma.

b) Analizar iniciativas, sugerencias y propuestas de actuaciones, relacionadas con el desarrollo e implantación de los proyectos empresariales sujetos a análisis.

c) Estudiar e informar sobre la conveniencia de las adecuaciones periódicas que en base a las directrices de política económica de la Xunta de Galicia, resulten necesarias en materia de priorización territorial, de actividades subvencionables o preferentes, de coyuntura económica y otros aspectos que deban de tenerse en cuenta para la determinación de las ayudas del instituto, así como de las actuaciones a desarrollar por el Igape que, en el ámbito de sus competencias, resulten adecuadas para a dinamización económica de Galicia.

d) Emitir informe técnico sobre los convenios que se planteen formalizar en desarrollo de lo previsto en las bases reguladoras de las ayudas del Igape.

e) Elevar las consultas técnicas que sean formuladas por la Dirección General del Igape.

f) Realizar los informes o cualquier otra actuación que se le encomiende por la Dirección General del Igape.

Base 3ª.-Los informes de la comisión, que tendrán un carácter no vinculante, valorarán, respecto a lo previsto en los apartados a) y b) de base 2ª, los distintos aspectos de los documentos aportados que fundamenten el proyecto sometido a análisis y que en este caso, tendrá la doble función de aportar un elemento de reflexión al proyecto empresarial y de constituir un instrumento de apoyo al gestor a la hora de elaborar su propuesta de resolución.

Base 4ª.-La Comisión Técnica de Análisis y Evaluación de Proyectos estará constituida por los técnicos del Igape, Xesgalicia, CEEI Galicia y en su caso, los de las consellerías u otras instituciones públicas autonómicas en función del proyecto de que se trate y que, a propuesta de los órganos responsables correspondientes, sean designados por la dirección general del instituto.

Con el fin de asegurar el adecuado funcionamiento de la comisión, la Dirección General del Igape designará un coordinador ejecutivo que será el responsable de desarrollar todas las tareas que sean necesarias para conseguir su ágil y eficaz funcionamiento.

El Consejo de Dirección del Igape aprobará, a propuesta de la dirección general, el Reglamento interno de funcionamiento de la comisión.

Base 5ª.-Las presentes bases entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.