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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 139 Miercoles, 18 de julio de 2001 Pág. 9.801

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, MUJER Y JUVENTUD

CÉDULA de 28 de mayo de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se hace pública la resolución de reintegro de 7 de mayo de 2001 de las ayudas a la contratación indefinida del expediente administrativo FM 342B 00/870-5.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, de 27 de noviembre), y no siendo posible la práctica de la notificación en el domicilio señalado por el interesado de la resolución de reintegro de la subvención del expediente administrativo, conforme a lo establecido en la Orden del 21-7-1998 (DOG nº 152, del 7 de agosto de 2000), se publica:

1º Expediente de reintegro: FM Reint. 2001/58-5.

Expediente de gestión: FM 342B 00/870-5.

Orden de la convocatoria: 21 de julio de 1998 (DOG nº 152, del 7 de agosto de 2000).

Interesado: José Antonio Ramilo González.

Dirección: Cotro, 13 36380 Gondomar (Pontevedra).

Asunto: resolución por delegación del delegado provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud de fecha 7 de mayo de 2001, al amparo de la Orden de 21-7-1998.

Resolución:

«En relación con el escrito presentado el 30-4-2001, le notifico la siguiente resolución:

Antecedentes.

El interesado comunica en su escrito la baja del trabajador Antonio Otero Fernández (29-3-2001) sin acreditar la sustitución.

Fundamentos.

La base décima del anexo B de la Orden de 13 de marzo de 2000 (DOG del 27) reguladora de las ayudas a la contratación por cuenta ajena para el año 2000 obliga al beneficiario, durante los tres años siguientes a la fecha de la contratación indefinida subvencionada, a substituír al trabajador por el que se concediese la subvención, dentro del mes siguiente al de la baja.

El artículo 11 de la citada orden determina la revocación y el reintegro de la ayuda por parte del beneficiario, así como la exigencia del interés de demora, en los casos y términos previstos en el artículo 78 del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre (DOG de 5 de noviembre).

En virtud de los antecedentes y fundamentos expuestos

RESUELVO:

Declarar la procedencia de reintegro por parte de José Antonio Ramilo González de la cantidad de 300.000 pesetas concedida en la resolución de esta delegación provincial de 7-7-2000 en concepto de subvención por la contratación indefinida de Antonio Otero Fernández.

Los órganos competentes de la Consellería de Economía y Hacienda le notificarán oportunamente el lugar, forma y plazo del ingreso de la referida cantidad, así como la liquidación de los intereses de demora, de conformidad con la Orden de 21 de julio de 1998 (DOG del 7 de agosto).

Contra la presente resolución el interesado podrá interponer, al amparo de los artículos 107.1º, 114 e 115 de la Lei 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14), recurso de alzada ante la conselleira de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventude, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la presente notificación.

Vigo, 7 de mayo de 2001. P.D. El delegado provincial. Firmado: Joaquín Macías Sánchez.»

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Fomento del Empleo de la Delegación Provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en Vigo.

Vigo, 28 de mayo de 2001.

Joaquín Macías Sánchez

Delegado provincial de Pontevedra