Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Miercoles, 11 de julio de 2001 Pág. 9.351

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO DIEZ DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación (94/2001).

En los autos de refencia se ha dictado la resolución que copiada literalmente es como sigue:

«En A Coruña a cinco de junio de dos mil uno.

Ángel Barrallo Sánchez, magistrado-juez de Primera Instancia número diez de A Coruña, habiendo visto los autos seguidos en este juzgado número 94/2001 a instancia de Elena Luisa Casal Piñón contra Ángel Javier Arnoso Costoya, en rebeldía.

Fallo que estimando en parte la demanda formulada por la procuradora Ana García Puertas Taboada, en nombre y representación de Elena Luisa Casal Piñón, contra su consorte Ángel Javier Arnoso Costoya -en situación de rebeldía procesal-, debo acordar y acuerdo la separación del referido matrimonio, con los efectos legales que ello conlleva y debo acordar y acuerdo las siguientes medidas:

1. Quedar la hija Isabel, bajo la guarda y custodia de la madre; si bien la patria potestad la ejercerán, conjuntamente, ambos progenitores.

2. Atribuir a la esposa e hija el uso y disfrute del piso que constituía el domicilio conyugal.

3. Asignar al demandado el uso del vehículo Opel Vectra matrícula C-2062-CF, siendo a su cargo la amortización del préstamo contraído con la entidad Caixa Galicia, para la compra del referido vehículo.

4. Dejar para ejecución de sentencia la fijación del régimen de visitas a favor del padre y la contribución de éste en concepto de alimentos para la menor.

Sin imposición de costas.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación de cinco días contados desde el día siguiente a la notificación de aquélla, que se preparará ante este mismo juzgado.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Sigue firma magistrado-juez».

Y para que sirva de notificación en forma a Ángel Javier Arnoso Costoya, con domicilio desconocido, extiendo y firmo la presente en A Coruña a seis de junio de dos mil uno.

El/La secretario/a

Rubricado