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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Viernes, 29 de junio de 2001 Pág. 8.836

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y POLÍTICA AGROALIMENTARIA

RESOLUCIÓN de 24 de mayo de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la incoación del expediente sancionador AG-SA-86/2001-PO.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo se menciona la incoación del expediente sancionador por infracción al Reglamento de epizootias, regulada en el Decreto 4-2-1955.

Que, asimismo, designo instructor del expediente a Mario Orjales Pita y secretaria a María Magdalena Santiago Pereira.

Lo que se notifica a los efectos previstos en el artículo 58 de la citada Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recusarlos en cualquier momento del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la mencionada ley.

Se le concede al interesado un plazo de quince días para que pueda examinar el expediente así como para formular las alegaciones que estime pertinentes, conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, ya que de no efectuar las alegaciones en el plazo indicado, el acuerdo de incoación podrá ser considerado como propuesta de resolución.

Pontevedra, 24 de mayo de 2001.

José Manuel Gabeiras Vérez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: AG-SA-86/2001-PO.

Denunciado: Portafoxo Meáns Fraga, S.L.

Última dirección conocida: Sión, Carballedo, Cotobade (Pontevedra).

Hecho denunciado: no respetar el plazo de espera preceptivo para el sacrificio de animales tratados con piensos medicamentados.

Fecha del acuerdo de incoación: 19-4-2001.

Preceptos infringidos: incumplimiento del artículo 24.3º, apartado 1º, del Real decreto 1749/1998, de 13 de julio.

Precepto sancionador: artículo 36 b) de la Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad, y por el artículo 109 b), del medicamento.

Sanción: de 500.001 pesetas.