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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 125 Jueves, 28 de junio de 2001 Pág. 8.713

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 6 de junio de 2001 por la que se clasifica como de interés cultural la Fundación Plácido Castro.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Plácido Castro, con domicilio en Baiona (Pontevedra).

Supuestos de hecho.

1. Xulio Ríos Paredes, en su calidad de secretario de la fundación, en escrito de veintisiete de abril de 2001, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en Vilagarcía de Arousa el día cinco de abril de dos mil uno, ante el notario José Antonio Cortizo Nieto con el número seiscientos setenta y uno de su protocolo, por Joaquín Javier Gago López, Rosa Oubiña Solla, Xulián Moure Rivas y Xulio Ríos Paredes; intervienen Joaquín Javier Gago López como alcalde presidente del Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa, Rosa Oubiña Solla como primer teniente alcalde del Ayuntamiento de Cambados, Xulián Maure Rivas como presidente de la asociación denominada Asociación de Traductores Galegos y Xulio Ríos Paredes como director de la asociación denominada Instituto Galego de Análise e Documentación Internacional (IGADE).

3. Según consta en el artículo 5 de sus estatutos, el objeto de la fundación es reivindicar la figura, la obra y el pensamiento de Plácido Ramón Castro del Río, atendiendo a la conservación y divulgación de su hondo compromiso con Galicia y con una visión universitaria del mundo. La fundación dedicará especial atención a la difusión de su obra artística y literaria, especialmente en el campo de la traducción, del pensamiento del periodismo.

4. El patronato de la fundación estará constituido por Jesusa Hermitas Castro Sineiro como presidenta, Joaquín Javier Gago López y José Manuel Cores Tourís como vicepresidentes, Xulio Ríos Paredes como secretario y Xulián Maure Rivas como tesorero.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de la Presidencia y Administración Pública propuesta de clasificación como de interés cultural de la Fundación Plácido Castro, dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasificación como de interés cultural y su adscripción a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley, y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2º c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 5 de junio de 2001.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como de interés cultural la Fundación Plácido Castro adscribiéndola a la Consellería de Cultura, Comunicación Social y Turismo, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 6 de junio de 2001.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia y Administración

Pública