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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 120 Jueves, 21 de junio de 2001 Pág. 8.354

II. AUTORIDADES Y PERSONAL

NOMBRAMIENTOS:

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2001, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se sustituye a un vocal suplente del Consejo Provincial de Servicios Sociales de Ourense.

El punto 1º del artículo 5 del Decreto 336/1994, de 27 de octubre, por el que se desarrolla la Ley 4/1993, de 14 de abril, de servicios sociales, en lo relativo a los consejos de servicios sociales, establece que la duración del mandato de los vocales representativos será de cuatro años, sin perjuicio de su reelección y de la posibilidad de sustitución de los titulares y de los suplentes durante dicho período, a propuesta de la institución, asociación o entidad.

Asimismo, el artículo 15 establece que los consejos provinciales tienen iguales funciones y funcionamiento que el Consejo Gallego de Servicios Sociales y, en concordancia con el punto 3º del artículo 5 establece que los vocales del Consejo Gallego de Servicios Sociales serán nombrados por el presidente del consejo y el nombramiento deberá publicarse en el Diario Oficial de Galicia.

Por Resolución de 14 de agosto de 2000, de la Delegación Provincial de Ourense, se nombra a los

vocales titulares y suplentes del Consejo Provincial de Servicios Sociales de Ourense.

Recibida comunicación de la Diputación Provincial de Ourense, que en la sesión del día 25 de mayo de 2001, de acuerdo con el punto 4º del artículo 5 del mencionado Decreto 336/1994, de 27 de octubre, acuerda la sustitución del suplente representante de dicha corporación.

Por todo lo anterior, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 5 y concordantes del Decreto 336/1994, de 27 de octubre, a propuesta de la Diputación Provincial de Ourense

RESUELVO:

Sustituir a José Santiago Camba Bouzas y nombrar en su puesto de vocal suplente a Manuel Seoane Rodríguez en representación de la Diputación Provincial de Ourense.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con el artículo 109 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, según lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y en el artículo 74 de la ley 6/1985, de 1 de julio, del poder

judicial, en el plazo de dos meses desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con el artículo 46 de la referida Ley 29/1988.

Ourense, 4 de junio de 2001.

Armando González López

Delegado provincial de Ourense