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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 119 Miercoles, 20 de junio de 2001 Pág. 8.253

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

ORDEN de 5 de junio de 2001 por la que se resuelve la cesión en propiedad de material para el Plan de Salvamento en Playas de Galicia (Sapraga) a los ayuntamientos gallegos para misiones de protección civil.

Por Orden de 9 de febrero de 2001 (DOG nº 39, del 23 de febrero), la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales anunció medidas de apoyo a los ayuntamientos gallegos consistentes en la cesión de material para el Plan de Salvamento en Playas de Galicia (Sapraga), para misiones de protección civil.

Analizadas las solicitudes y su documentación por los servicios competentes de la Dirección General de Interior y Protección Civil se emitió el correspondiente informe, y de conformidad con el punto 5º de la antedicha orden,

RESUELVO:

Primero.-Conceder con cargo a la aplicación 13.04.623.0, programa 231 A, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2001, la cesión en propiedad de material para el Plan de Salvamento en Playas de Galicia a los ayuntamientos de: Ares, Arzúa, As Pontes de García Rodríguez, Cabana de Bergantiños, Camariñas, Carballo, Cariño, Carnota, Cedeira, Cee, Corcubión, Dumbría, Ferrol, Fisterra, Laxe, Mañón, Miño, Mugardos, Muros, Muxía, Noia, Oleiros, Ortigueira, Outes, A Pobra do Caramiñal, Ponteceso, Pontedeume, Porto do Son, Rianxo, Ribeira, Sada, Barreiros, Burela, Cervo, Foz, Ribadeo, Viveiro, Xove, O Carballiño, Coles, Lobios, Muíños, A Rúa, A Veiga, Cambados, Cangas, O Grove, A Guarda, A Illa de Arousa, Marín, Ponteareas, Portas, Sanxenxo, Tui, Mancomunidad do Val Miñor e Vilagarcía de Arousa.

Segundo.-Se notificará el contenido de esta resolución a los ayuntamientos beneficiarios, especificando las condiciones particulares que deberán cumplir y que se formalizarán mediante convenio en el que constará el acuerdo de la cesión y la aceptación del cesionario.

Tercero.-Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden. En todo caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.

Santiago de Compostela, 5 de junio de 2001

Antonio Pillado Montero

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales