De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de réxime xurídico das administracións públicas e do procedemento administrativo común, se le notifica a la persona que figura en el anexo, dicha resolución.
Contra la resolución que se publica procederá la interposición del recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación.
Santiago de Compostela, 28 de mayo de 2001.
Carlos del Álamo Jiménez
Conselleiro de Medio Ambiente
ANEXO
Procedimiento sancionador de caza: Lei 4/1997, de 4 de junio, de caza de Galicia.
Expediente número: PO-2000/026.
Denunciado: Jesús Ogando Vidal.
Último domicilio conocido: Costiño número 6.
36830 A Lama (Pontevedra).
Contenido de la resolución del recurso:
Fecha: 3 de mayo de 2001.
Hechos por los que fue denunciado: practicar el deporte cinegético de la caza en horas nocturnas (2.15 horas) y época de veda, auxiliado por una linterna y los focos de un vehículo, llevando la escopeta en su interior alimentada con dos cartuchos de bala calibre 12, marca Fiocchi.
Tipificación de las infracciones: artículos 58.37º, 59.8º e 59.12º de la Ley 4/1997, de 25 de junio, de caza de Galicia.
Calificación de las infracciones: una infracción grave e dos muy graves.
Resolución del recurso: desestimado, confirmando la resolución en todos sus términos.