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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 114 Miercoles, 13 de junio de 2001 Pág. 7.927

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO DOS DE A CORUÑA

CÉDULA de notificación de sentencia (174/2001).

Jaime Balado Yáñez, secretario judicial del Juzgado de lo Social número dos de A Coruña, doy fe y testimonio que en autos seguidos ante este juzgado de lo Social tramitados bajo el número 174/2001 contra Aurelio Rodríguez Lage sobre despido, se dictó la siguiente:

«Sentencia.-En la ciudad de A Coruña, a 6 de abril de 2001. Jorge Hay Alba, magistrado-juez del Juzgado de lo Social número dos de esta ciudad, vió los presentes autos de juicio número 174/2001, seguidos a instancia de Aurelio Rodríguez Lage, mayor de edad, asistido por Santiago Güemez Abad, contra la empresa Comercial Puymo, S.L., que no compareció en los autos, siendo el objeto de la reclamación despido.

Siguen hechos y fundamentos de derecho.

Decido: que, debo estimar y estimo la demanda interpuesta por Aurelio Rodríguez Lage, debo declarar y declaro improcedente el despido efectuado por la empresa Comercial Puymo, S.L., condenando a esta a que, en el plazo de cinco días opte entre la readmisión inmediata del actor en las mismas condiciones existentes con anterioridad, o el abono de 2.493.160 pesetas. En concepto de indemnización, más, ambos casos, el abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente resolución y que asciende a 4.818 pesetas/día.

Notifíqueseles esta resolución a las partes a las que se les hará saber que la referida sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, anunciándose ante este juzgado en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término si el recurrente no goza del beneficio de la justicia gratuita deberá al anunciarlo entregar el resguardo acreditativo de consignación de la cantidad objeto de la condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el BBV de esta ciudad con el número de cuenta 5603 clave 60, haciendo constar en el ingreso el número del expediente.

Y asimismo deberá en el momento de interponer el recurso consignar la cantidad de 25.000 pesetas en concepto de depósito en la clave 65 de la citada cuenta y expediente.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo».

El secretario judicial

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