María Jesús López Viejo, secretaria del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de Cistierna, doy fe y testimonio, que en el juicio de faltas número 9/2000 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
«Rosario María Bardón González, jueza de Instrucción, habiendo visto y oído en juicio oral y público la presente causa juicio de faltas 9/2000, seguida por una falta contra los intereses generales del artículo 629 contra Antonio Carrizo Cadaya, Roberto Carlos Soto González y Daniel Soto González, habiendo sido parte en la misma el Ministerio Fiscal y denunciante la estación de esquí de San Isidro.
Fallo que debo condenar como condeno a Roberto Carlos Soto González como autor responsable de una falta contra los intereses generales del artículo 629 del Código penal a la pena de 60 días de multa con una cuota diaria de 2.000 pesetas con responsabilidad personal subsidiaria, en caso de impago, de 15 días, y debiendo indemnizar en concepto de responsabilidad civil a la estación de esquí de San Isidro con la cantidad de 10.000 pesetas y al pago de las costas.
Que debo absolver y absuelvo a Antonio Carrizo Cadaya y a Daniel Soto González de la falta de la que venían siendo acusados.
Una vez firme esta resolución procédase a la destrucción de los billetes.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a Roberto Carlos Soto González, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Diario Oficial de Galicia, expido la presente en Cistierna, ocho de mayo de dos mil uno».
La secretaria
Rubricado