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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Lunes, 11 de junio de 2001 Pág. 7.652

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 10 de mayo de 2001 por la que se autoriza la modificación de enseñanzas al centro privado Sek-Atlántico de Poio (Pontevedra).

Examinado el expediente instruido a instancia del centro privado Sek-Atlántico de Poio, solicitando modificación de las enseñanzas autorizadas según la Orden de 5 de enero de 2000 (DOG del 7 de febrero) que son las siguientes: 3 unidades de educación infantil, 6 unidades de educación primaria, 9 unidades de educación secundaria obligatoria y 6 unidades de bachillerato de las modalidades de ciencias de la naturaleza y de la salud y humanidades y ciencias sociales.

Según la solicitud presentada, dicho centro pretende tener autorizadas: 3 unidades de educación infantil, 8 unidades de educación primaria, 7 unidades de educación secundaria obligatoria y 5 unidades de bachillerato de las modalidades de ciencias de la naturaleza y de la salud y humanidades y ciencias sociales.

Teniendo en cuenta que el expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial de la Consellería de Educación e Ordenación Universitaria de Pontevedra, que se remite con los informes correspondientes.

Vistos el Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26 de junio), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias, Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22), sobre auto

rización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que lo desarrolla.

Considerando que concurren en el expediente los requisitos exigidos en las disposiciones vigentes para poder acceder a lo solicitado.

Esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,.

DISPONE:

Primero.-Autorizar la modificación de enseñanzas al centro privado Sek-Atlántico de Poio (Pontevedra), ampliando 2 unidades de educación primaria y reduciendo 2 unidades de educación secundaria obligatoria y 1 unidad de bachillerato, quedando la composición resultante según se especifica en el anexo de esta orden.

Segundo.-Para la puesta en funcionamiento de las unidades que se amplían, la delegación provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe de la Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que imparta docencia en dicho centro.

Tercero.-Queda el centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Cuarto.-Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso

potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 10 de mayo de 2001.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO

Provincia: Pontevedra.

Municipio: Poio.

Localidad: Poio.

Domicilio: c/ Illa de Arousa nº 4. Boa Vista.

Código del centro: 36019281.

Denominación: Sek-Atlántico.

Titular: Sek-Atlántico, S.L.

Composición resultante:

a) Centro de educación infantil: 3 unidades.

b) Centro de educación primaria: 8 unidades.

c) Centro de educación secundaria:-7 unidades de educación secundaria obligatoria.-5 unidades de bachillerato de las modalidades de Ciencias de la naturaleza y de la salud y humanidades y ciencias sociales.