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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 112 Lunes, 11 de junio de 2001 Pág. 7.650

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2001, de la Secretaría General de Investigación y Desarrollo, por la que se hace pública la relación de centros habilitados para la incorporación de técnicos de FP2 (anexo III A de la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 1 de febrero de 2001; Diario Oficial de Galicia del 6 de febrero) y, asimismo, se abre, el plazo de solicitudes para el concurso para la selección de nuevos becarios de FP2 conforme a las bases recogidas en el anexo IV B de la citada orden.

La orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, de 1 de febrero de 2001 (DOG del 6 de febrero), por la que se aprueban las bases que regirán las convocatorias de ayudas de becas correspondientes a la promoción general de la investigación y se procede a su convocatoria, prevé, en su anexo III, la concesión de becas para personal auxiliar de investigación (técnicos especialistas de FP2).

De acuerdo con lo establecido en la base A.3 de dicho anexo, desde el 16 al 26 de abril de 2001 se expusieron las listas de solicitudes admitidas y excluidas para la selección de centros habilitados; durante ese mismo período los interesados pudieron formular reclamaciones para enmendar errores y falta de documentos.

Finalizado este plazo y estudiadas las reclamaciones presentadas, las solicitudes admitidas fueron estudiadas por la Comisión de Selección de Investigación, creada por el Decreto 37/1998, de 30 de enero (DOG del 6 de febrero), y la orden de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública de 12 de marzo de 2001 (DOG del 5 de mayo).

En consecuencia, atendiendo a la propuesta elaborada por la Comisión de Selección de Investigación en relación con el apartado A del anexo IV de la Orden de 1 de febrero de 2001 (selección de centros habilitados), esta secretaría general

RESUELVE:

Primero.-Habilitar para la adscripción de becarios especialistas de FP2 los centros que se relacionan en el anexo I de la presente resolución; los restantes centros habilitados suplentes figuran por orden decreciente de prioridad relacionados en el anexo II.

A) De conformidad con lo establecido en el punto B.4 del anexo III de la orden de convocatoria de 1 de febrero de 2001, el plazo para que los titulados de FP2 (o de estudios equivalentes) participen en el concurso para la selección de nuevos becarios comprenderá desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG hasta el 16 de julio de 2001. En la instancia de solicitud los candidatos indicarán, por orden de preferencia, los códigos de los centros a los que desea optar en el caso de obtención de beca; los becarios podrán optar a todos aquellos centros titulares (anexo I de la presente resolución) y a los que figuran en la lista de suplentes (anexo II de la presente resolución).

Las solicitudes deberán ajustarse a las bases de la convocatoria establecidas en el anexo III apartado B, de la citada Orden de 1 de febrero de 2001.

B) El plazo de exposición de las listas de solicitudes admitidas y excluidas, previsto en la base B.5 de la convocatoria, abarcará desde el 4 al 14 de septiembre de 2001 (ambos incluidos), pudiendo los interesados, durante el mismo período, formular reclamaciones para subsanar errores y faltas de documentos ante la Secretaría General de Investigación y Desarrollo, aportando, en su caso, la documentación necesaria. Transcurrido este plazo sin que se subsanen las causas de exclusión, se procederá al archivo del expediente, notificándolo al interesado conforme a lo previsto en los artículos 42 y 71 de la Ley 4/1999, de 13 de enero, por la que se modifica la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Segundo.-Contra esta resolución podrán los interesados interponer potestativamente recurso de resposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. De no estimar la interposición de este recurso, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Disposición final

La presente resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de mayo de 2001.

P.D. (Orden 1-2-2001, DOG del 6 de febrero)

Miguel A. Ríos Fernández

Secretario general de Investigación y Desarrollo