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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 103 Martes, 29 de mayo de 2001 Pág. 7.169

III. OTRAS DISPOSICIONES

INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA

RESOLUCIÓN de 30 de marzo de 2001 por la que se da publicidad al acuerdo del Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica, que aprueba la modificación de las bases de gestión económico-financiera de este instituto.

Mediante acuerdo de 30 de marzo de 2000, el Consejo de Dirección del Igape aprobó sus bases para la gestión económico-financiera del instituto, al objeto de regular la totalidad de las actividades que, con contenido económico-financiero, desarrollan los órganos de gestión del instituto, hechas públicas mediante Resolución de 11 de abril de 2000 (DOG nº 81, del 27 de abril).

En su virtud, y de conformidad con las facultades que tengo conferidas

RESUELVO:

Único.-Publicar la modificación de las bases para la gestión económico-financiera del Instituto Gallego de Promoción Económica, Igape, acordada por el consejo de dirección del instituto en su reunión de fecha 29 de marzo de 2001, las cuales figuran como anexo a esta resolución.

Santiago de Compostela, 30 de marzo de 2001.

Margarita Rodríguez Rama

Directora general del Instituto Gallego

de Promoción Económica

ANEXO

Modificación de las bases de gestión

económico-financiera del Igape aprobadas mediante acuerdo de 30 de marzo de 2000

-Se modifica la base 4ª, apartado III), punto b), párrafo 2.5), que queda redactada del siguiente modo:

«2.5) En el secretario general:

-La contratación de bienes y servicios y, en general, la aprobación de cualquier gasto, excepto los referentes a actividades de formación, que no superen las 500.000 pesetas».

-Se modifica la base 4ª, apartado IV), punto a), párrafo último, que queda redactada del siguiente modo:

«Los documentos contables correspondientes a estas fases serán autorizados, a propuesta de la secretaría general, por la dirección general del instituto, siempre que su cuantía exceda de 500.000 pesetas.

Hasta el importe límite total antedicho, corresponderá la autorización a la Secretaría General, a propuesta de la Subdirección de Gestión Económico-Financiera. La atribución conferida, en este sentido, a la secretaría general, comporta la competencia material de reconocimiento y liquidación de derechos y demás consustanciales al proceso de gestión financiera».

-Se modifica la base 4ª, apartado V), punto a), añadiendo un segundo párrafo, del siguiente tenor:

«En la totalidad de los supuestos de ordenación de pagos, tanto presupuestarios como extrapresupues

tarios, que corresponda ordenar al secretario general, sea de ordinario como en el casos de sustitución del director general, formulará la propuesta contenida en el correspondiente documento contable el subdirector de Gestión Económico-Financiera. En los pagos ordenados por el director general, suscribirá la referida propuesta el titular de la secretaría general».