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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 97 Martes, 22 de mayo de 2001 Pág. 6.828

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 16 de abril de 2001 por la que se autoriza al centro privado San Miguel 2 de Vigo (Pontevedra) para impartir el ciclo formativo de grado superior de desarrollo de aplicaciones informáticas.

Examinado el expediente instruido a instancia del centro privado San Miguel 2 de Vigo (Pontevedra), solicitando autorización para impartir el ciclo forma

tivo de grado superior de desarrollo de aplicaciones informáticas, en horario no simultáneo con las enseñanzas que ya tiene autorizadas.

Vistos la Ley 1/1990, de 3 de octubre (BOE del 4 de octubre), de ordenación general del sistema educativo; el Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26 de junio), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real decreto 777/1998 (BOE del 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; la Orden de 21 de diciembre de 1999 (DOG del 31-1-2000), por la que se regulan determinados aspectos relativos a la autorización de centros privados exclusivos de formación profesional específica en la Comunidad Autónoma de Galicia; Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22 de mayo), sobre autorización de centros docentes privados para impartir ensinanzas de régimen general no universitarias y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG 15 de diciembre), que desarrolla dicho decreto.

Considerando que concurren en el expediente los requisitos exigidos en las disposiciones vigentes para poder acceder a lo solicitado, esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autorizar al centro privado San Miguel 2, de Vigo (Pontevedra) para poder impartir el ciclo formativo de grado superior de desarrollo de aplicaciones informáticas, en turno de tarde-noche.

Segundo.-Antes del inicio de las enseñanzas que se autorizan, la delegación provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe de la Inspección educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en dicho centro.

Tercero.-Queda el centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Cuarto.-Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de abril de 2001.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO

Provincia: Pontevedra.

Municipio: Vigo.

Localidad: Vigo.

Domicilio: Tomás A. Alonso nº 23.

Código del centro: 36011211.

Denominación: San Miguel 2.

Titular: Colegio San Miguel, S.L.

Composición resultante:

* Turno de mañana:

a) Centro de educación infantil: 3 unidades.

b) Centro de educación primaria: 6 unidades.

c) Centro de educación secundaria:-4 unidades de educación secundaria obligatoria.-4 unidades de bachillerato de las modalidades de ciencias de la naturaleza y de la salud y humanidades y ciencias sociales.

d) Centro de formación profesional específica:-1 ciclo formativo de grado superior de administración y finanzas (2 unidades, 30 puestos escolares/unidad).-1 ciclo formativo de grado superior de desarrollo de productos electrónicos (2 unidades, 30 puestos escolares/unidad).

* Turno de tarde-noche:-1 ciclo formativo de grado superior de desarrollo de aplicaciones informáticas (2 unidades, 30 puestos escolares/unidad).