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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 96 Lunes, 21 de mayo de 2001 Pág. 6.794

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 11 de abril de 2001, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se anuncia el levantamiento de las actas previas a la ocupación de bienes y derechos afectados por la instalación eléctrica que se cita. (Expediente 228/1999).

Otorgada la declaración de utilidad pública que lleva implícita la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las instalaciones del anexo I del proyecto de ejecución de la línea eléctrica aérea a 220 kV, Mesón-Vimianzo, entre los apoyos 31 y 32, en el término municipal de Cerceda, (expediente 228/1999), por resolución de la Dirección General de Industria de fecha 15 de marzo de 2001, a favor de la entidad beneficiaria Unión Fenosa Distribución, S.A. con domicilio en avda. de Arteixo, nº 171, 15007 de A Coruña.

Esta delegación acuerda señalar el día 29 de mayo de 2001 para el levantamiento de las actas previas a la ocupación de conformidad con los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 56 de su Reglamento de 26 de abril de 1957, en las que se describirán los bienes o derechos

expropiables y de imposición de servidumbre de paso de energía eléctrica, contenidos en la relación de fincas que se expone junto con esta resolución en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Cerceda, deducida de la que se sometió a información pública en el DOG, BOP y en el periódico La Voz de Galicia de fechas 14-9-2000, 15-9-2000 y 16-8-2000, respectivamente; acto al que deberán concurrir los propietarios propuestos de las fincas afectadas, a los que se les practicará notificación individual señalándoseles los horarios de toma de datos sobre el terreno y del levantamiento efectivo de las actas en la Casa Consistorial de Cerceda.

Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos o se ignore el lugar de notificación; y así dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan de éstos, de conformidad con el artículo 5 de la citada Ley de expropiación forzosa.

A Coruña, 11 de abril de 2001.

Jesús Espada Martínez

Delegado provincial de A Coruña