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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 95 Viernes, 18 de mayo de 2001 Pág. 6.627

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

ORDEN de 30 de abril de 2001 por la que se modifica la de 11 de enero de 2001, por la que se regula el establecimiento de subvenciones para la realización de programas destinados a prestar atención a los enfermos mentales crónicos en los centros de rehabilitación psicosocial y laboral, por las asociaciones de familiares y otras entidades sin ánimo de lucro.

La Orden de 11 de enero de 2001 tiene por objeto el establecimiento de subvenciones para la realización de programas destinados a prestarles atención a los enfermos mentales crónicos en los centros de rehabilitación psicosocial y laboral, por las asociaciones de familiares y otras entidades sin ánimo de lucro, al amparo de la Orden de 23 de octubre de 1998, de reglamento de los centros de rehabilitación psicosocial y laboral para enfermos mentales crónicos como desarrollo de los dispositivos de apoyo comunitario.

La solicitud, tramitación y concesión de las subvenciones de estas subvenciones se ajusta a lo dispuesto en el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, modificado por la Ley 8/1999, de 30 de diciembre, de medidas fiscales y presupuestarias y de función pública y actuación administrativa, a la Ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma gallega para el año 2001.

Con este fin, dicha Ley de presupuestos para el año 2001, en la aplicación 11.01.311.480.0. consígna una partida presupuestaria para las subvenciones de dicha orden. En la Orden de 11 de enero, en el artículo 4.b), se destinan 142.318.000 ptas, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 11.01.311A.480.0 y 11.03.212D.484.1, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma para el año 2001, y se establece que dicha cantidad se podrá incrementar en función de las peticiones presentadas y de acuerdo con las disponibilidades de crédito.

Debido a la ampliación del conjunto de programas destinados a prestar atención a los enfermos mentales crónicos en los centros de rehabilitación psicosocial y laboral, por las asociaciones de familiares y otras entidades sin ánimo de lucro, esta consellería consideró conveniente efectuar los trámites necesarios para incrementar la dotación inicialmente prevista en la orden de referencia.

En su virtud y en el uso de las atribuciones que me fueron concedidas por los artículos 34 y 38 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, reformada por la Ley 11/1988, de 22 de octubre,

DISPONGO:

Artículo único.-Se amplía la dotación presupuestaria prevista en el artículo 4.b) de la Orden de 11 de enero de 2001, que regula la concesión de subvenciones a asociaciones de familiares e otras entidades sin ánimo de lucro, por un importe de 60.500.0000 pesetas, con cargo a la aplicación presupuestaria 11.01.311A.480.0.

Disposición final

Esta orde entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 30 de abril de 2001.

José Mª Hernández Cochón

Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales