De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas e del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la incoación del expediente sancionador por presunta infracción a la Ley sobre incendios forestales 81/1968, de 5 de diciembre y de su reglamento, aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre por no ser posible su notificación a través del servicio de correos.
Se nombra instructora de los expedientes a Montserrat González Pérez, funcionaria de esta delegación; el régimen de recusación es el establecido en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.
A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo nº 18-5º piso y presentar por escrito las alegaciones, y los documentos, informaciones o propuesta de pruebas que consideren convenientes en defensa de sus derechos.
De conformidad con el artículo 42.4º, da Lei 30/1992, en relación con la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se informa de que en caso de no resolverse el presente expediente en el plazo de seis meses, teniendo en cuenta las posibles interrupciones de su cómputo por causas imputables al interesado se producirá su caducidad. La resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones con los efectos previstos en el artículo 92 de esta ley.
De no efectuar alegación alguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, determinándose para
estes efectos los importes de la sanción indicados en el anexo.
Para resolver el expediente es competente por razón de la cuantía de la multa del delegado provincial desta consellería de acuerdo con el artículo 141 del reglamento de la Ley de incendios forestales.
El pago voluntario pondrá fin al expediente. El importe de la sanción que en cada caso corresponda, se hará
efectivo en la cuenta número 2091-0388-90-3110001181 de Caixa Galicia, empleando el impreso oficial que se facilitará en la Delegación Provincial de Ourense o en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia.
Ourense, 6 de abril de 2001.
Agustín Prado Verdeal
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
Nº/Año DNI
sancionador
Expediente
Denunciado
Último domicilio conocido Hecho denunciado Precepto infrigido y
Sanción pesetas
DNI: 34.600.184-I
DNI: X-1175550-C
DNI: X-1141479
DNI: 32.820.228
DNI: 34.908.392
DNI: 34.723.089
105/01 María Lamela Fernández
Avda. Portugal, 194 32002 Ourense Abandono vehículo OR-0447-F Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 14-1-2000 de la DXM y MAN 50.000 ptas.
114/01 Ahed Dhaimini
Quiroga 44-3º, Lugo Abandono vehículo OR-7589-E Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 14-1-2000 de la DXM y MAN 50.000 ptas.
82/01 Aomed Fahallah
Avda. de Ourense 32630 Xinzo de Limia Abandono vehículo OR-5562-E Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 14-1-2000 de la DXM y MAN 50.000 ptas.
17/01 María Esther Buján Mata
C/ San Vicente, 1-3º 15007 A Coruña Abandono vehículo MU-0697-E Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 14-1-2000 de la DXM y MAN 50.000 ptas.
788/00 Adelio Ribeiro García
Zacarade 32530 Irixo Abandono vehículo M-0442-F Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 14-1-2000 de la DXM y MAN 50.000 ptas.
28/01 José Pérez Fernández
Guilss 7 17520 Puigcerdá Abandono vehículo M-5633-IU Art. 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 14-1-2000 de la DXM y MAN 50.000 ptas.