Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 89 Miercoles, 09 de mayo de 2001 Pág. 6.230

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2001, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se dispone la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la notificación de los acuerdos de iniciación de los expedientes sancionadores LU-E 98 y 84/2001, por infracciones en materia de espectáculos públicos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero), se le notifica a las personas que a continuación se relacionan, a quienes no ha podido hacerse por correo certificado, los acuerdos de iniciación dictados en los expedientes de sanción, por infracciones en materia de espectáculos públicos, su número se cita seguidamente.

Se designa instructor del expediente al jefe del Servicio de Justicia, Administración Local e Interior, Rafael López Charques y secretario al jefe de negociado Constantino Alvar Cabido, pudiendo ser recusados en cualquier momento de la tramitación del expediente, de darse algún supuesto de los que determina el artículo 29 de la Ley 30/1992 (BOE del 27 de noviembre).

El interesado dispondrá de un plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para poder examinar el expediente en el Servicio de Justicia, Administración Local e Interior de esta delegación provincial, y para aportar por escrito cuantas alegaciones, documentos, informaciones o pruebas, considere convenientes en defensa de sus derechos, pudiendo reconocer voluntariamente su responsabilidad, tal como lo establece el artículo 13.d) del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el R.D. 1398/1993, de 4 de agosto.

En caso de que decida no efectuar alegaciones en el plazo indicado, este acuerdo de iniciación podrá ser considerado como propuesta de resolución con los efectos en los artículos 18 y 19 del R.D. 1398/1993 (BOE del 9 de agosto), determinándose para estos efectos el importe de la sanción.

Será competente para la imposición de la sanción el delegado provincial de la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales en Lugo, según lo establecido en la Orden de 26 de septiembre de 1996, de la citada consellería (Diario Oficial de Galicia del 30 de septiembre).

Lugo, 27 de marzo de 2001.

Manuel Teijeiro Álvarez

Delegado provincial de Lugo

ANEXO

-Nombre-DNI/NIF-Nº Expediente-Precepto infringido-Último domicilio-Multa máxima

Jacinto Sotillo Castillo33.341.156LU-E 98/200126-e) L.O. 1/1992Catedral, 12, LugoHasta 50.000 pesetas

Alejope Bar, S.L.B-27200864LU-E 84/200126.e) L.O. 1/1992Rúa Nova, 18, LugoHasta 50.000 pesetas