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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 82 Viernes, 27 de abril de 2001 Pág. 5.645

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

ORDEN de 18 de abril de 2001 por la que se establecen los premios Medio Ambiente de Galicia 2001, modalidad de dibujo escolar.

La Consellería de Medio Ambiente es el órgano de la Administración da Comunidade Autónoma de Galicia que tiene atribuidas las competencias y funciones que en materia de medio ambiente y conservación de la naturaleza se establecen en los artículos 27.10º, 11º, 15º, 30º y 29.4º del Estatuto de autonomía de Galicia y demás normativa de aplicación. Además y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 482/1997, de 26 de deciembre, que en el artículo 7, apartado 2.1, señala que realizará las funciones relativas a la formación de una conciencia social para la defensa y mejora del entorno y la formación permanente en materia ambiental.

Estas funciones se desarrollan, mediante diversos planes de difusión, a través del Centro de Información y Tecnología Ambiental con una serie de actividades relativas al medio ambiente encaminadas a la sensibilización de la población en general y, en este caso en particular, de los alumnos y de las alumnas en edad escolar en Galicia.

La expresión plástica constituye un medio adecuado para que los escolares gallegos comuniquen sus actitudes cara al medio ambiente, al tiempo que se propicia su relación con su entorno; con este objetivo y como medio de difusión de los valores ambientales por las repercusiones en los medios de comunicación y sobre la opinión pública se convoca un concurso de dibujo sobre temas de medio ambiente.

A tal efecto, en el uso de las atribuciones que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, modificada por la Ley 11/1998, de 20 de octubre, en relación con los artículos 27.11º y 30 del Estatuto de autonomía para Galicia y el Decreto 482/1997, de 26 de diciembre,

DISPONGO:

Artículo 1º.-Convocatoria.

Convocar el Premio Medio Ambiente de Galicia en la modalidad de dibujo escolar, entre los estudiantes de educación infantil, de educación primaria, de educación secundaria obligatoria, de bachillerato y de formación profesional de Galicia.

Artículo 2º.-Categorías.

Los participantes lo harán por una de las siguientes categorías:

CategoríaEtapa educativa

AEducación infantil

BEducación primaria - primer ciclo

CEducación primaria - segundo ciclo

DEducación primaria - tercer ciclo

EEducación secundaria obligatoria - primer ciclo

FEducación secundaria obligatoria segundo ciclo

GEducación postobligatoria (bachillerato y ciclos

formativos de FP)

Artículo 3º.-Premios.

Se concederán los siguientes premios para cada una de las categorías:

-Primer premio Medio Ambiente de Galicia -modalidad de dibujo escolar-dotado con 75.000 pesetas (450,76 euros) en dinero y un lote de libros y material escolar, valorado en 20.000 pesetas.

-Segundo premio Medio Ambiente de Galicia -modalidad de dibujo-escolar dotado con 50.000 pesetas (300,51 euros) en dinero y un lote de libros y material escolar, valorado en 20.000 pesetas.

-Tercer premio Medio Ambiente de Galicia -modalidad de dibujo escolar-dotado con 25.000 pesetas (150,25 euros) en dinero y un lote de libros y material escolar, valorado en 20.000 pesetas.

Se concederá el siguiente premio único:

-Premio especial Medio Ambiente de Galicia -modalidad de dibujo escolar- dotado con 250.000 pesetas (1.502,53 euros) en dinero para la obra global, que será concedido al centro educativo que presente o mejor conjunto.

Todos los premiados recibirán diploma acreditativo.

El importe de los premios en metálico será abonado con cargo a la aplicación presupuestaria 15.04.342 A.640.1 dotada con 1.300.000 pesetas y en todo caso estarán sujetos a las retenciones fiscales correspondientes.

Artículo 4º.-Participación.

Podrán participar todos los estudiantes de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria, educación secundaria postobligatoria, formación profesional y educación especial, de centros docentes públicos y privados de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Los trabajos serán individuales y obligatoriamente deben ser seleccionados y remitidos por el centro docente donde curse estudios el/la participante.

Los trabajos deberán versar sobre un tema relacionado con el medio ambiente, su conservación y mejora; reflejando y comunicando actitudes y valores positivos o recriminando actitudes negativas en la relación con nuestro entorno.

Artículo 5º.-Presentación.

Los trabajos se presentarán en tamaño DIN-A4 y estarán realizados mediante alguna de las siguientes técnicas: lapiz, carbón, tinta china, rotulador, acuarela o gouache; excluyéndose los trabajos que no se ajusten a estas características.

Cada trabajo llevará escrito, en su reverso, el pseudónimo del autor o de la autora y la categoría en la que participa. No estarán firmados ni debe figurar nombre o dato identificativo alguno.

Cada centro podrá participar con un máximo de 10 dibujos en cada una de las categorías en las que participe, remitiendo todos los trabajos acompañados

de un listado, según el formulario del anexo II, por cada categoría, en el que se recoja el pseudónimo, nombre del alumno o de la alumna, curso y edad. Cada centro docente remitirá estos conjuntos, acompañados del formulario del anexo I cubierto, en un único envío por correo, señalando expresamente en el sobre el texto siguiente:

Consellería de Medio Ambiente:

Centro de Información e Tecnoloxía Ambiental.

Asunto: premios Medio Ambiente de Galicia modalidad de dibujo escolar.

Calle Basquiños 2.

15771-Santiago de Compostela (A Coruña).

Artículo 6º.-Plazo de presentación.

El plazo de presentación de los trabajos termina a los 15 días naturales desde la publicación de esta orden.

Los envíos se remitirán por correo o por los procedimientos establecidos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Artículo 7º.-Jurado y concesión de los premios.

Para la evaluación y calificación de los trabajos se formará un jurado que estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: director general del Centro de Información y Tecnología Ambiental o persona en quien delegue.

Vocales: tres especialistas en artes plásticas designados por el director general del Centro de Información y Tecnoloxía Ambiental.

Secretario: un funcionario del Departamento de Educación e Información Ambiental, que tendrá voz y voto.

Los premios podrán declararse desiertos y el jurado estará facultado para establecer un accésit en cada categoría para destacar adicionalmente la calidad excepcional de algún trabajo, que al efecto recibiría un diploma acreditativo. La concesión de los premios de esta orden se realizará, en su caso, antes del 1 de octubre de 2001.

La Consellería de Medio Ambiente comunicará el acuerdo de concesión de los premios a cada uno de los centros educativos a los que pertenezcan los premiados.

Artículo 8º

Los originales de los trabajos presentados no serán devueltos y pasarán a ser propiedad de la Consellería de Medio Ambiente, formando parte de su fondo documental, con mención expresa del autor.

Santiago de Compostela, 18 de abril de 2001.

José Carlos del Álamo Jiménez

Conselleiro de Medio Ambiente