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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Miercoles, 18 de abril de 2001 Pág. 5.091

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2001, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se dispone la inscripción y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del acta de la comisión paritaria del convenio colectivo del sector del transporte de mercancías por carretera de Ourense.

Visto el texto del acta de la comisión paritaria del convenio colectivo del sector del transporte de mercancías por carretera de Ourense (código de convenio 3200435, publicado en el BOP nº 196, del 26 de agosto de 2000), acordando la revisión salarial del citado convenio, con entrada en esta delegación provincial el día 13-2-2001, suscrito con fecha 7-2-2001, de una parte, por la Asociación Autónoma de Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera (Apetamcor) y la Asociación de Empresarios de Transporte de Mercancías, Agencias de Transporte de Carga Complementaria y Fraccionada de Ourense (Aetrans), en representación de la parte empresarial, y de otra, por las centrales sindicales UGT, CC.OO., CIG y USO, en representación de los trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º y 3º del Estatuto de los trabajadores, texto refundido aprobado por el Real decreto 1/1995, de 24 de marzo, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito

de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo y demás normas aplicables de derecho común, esta delegación provincial

ACUERDA:

Primero.-Ordenar la inscripción en el libro registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Ourense, 28 de febrero de 2001.

José Lage Lage

Delegado provincial de Ourense

Acta de la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de transporte de mercancías por carretera de la provincia de Ourense para los años 2000-2001

Asistentes:

Por la parte empresarial:

Apetamcor.

Isabel Martínez Leboreiro.

María Velo García.

Ana Isabel Gallego Cambeiro.

Aetrans.

Camilo Rodríguez Lemos.

David Súarez Pérez.

Por la parte sindical:

UGT: José Antonio Gómez Gómez, Serafín Alonso Álvarez.

CC.OO: Amador González Pumar.

CIG: Carlos Vázquez Castro.

USO: Mª Asunción de la Fuente Fernández.

En Ourense, siendo las 19 horas del día 7 de febrero de 2001, se reúnen los miembros de la comisión paritaria del convenio colectivo del sector de transportes de mercancía por carretera de la provincia de Ourense, para los años 2000 y 2001 para actualizar los salarios para el segundo año de vigencia del convenio.

La representante empresarial señala que según lo establecido en el artículo 12 del convenio colectivo de transportes de mercancía por carretera de la provincia de Ourense, para el segundo año de vigencia, es decir, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2001, se aplicará un incremento salarial equivalente al IPC real a 31 de diciembre de 2000.

Considerando que el IPC a 31 de diciembre de 2000 ha sido del 4%, procede incrementar en este porcentaje las tablas salariales y las dietas.

Teniendo en cuenta esto se llega a los siguientes acuerdos:

1. Modificación del artículo 23º del convenio colectivo, actualizando la cuantía de las dietas.

Artigo 23º.-Dietas. Las dietas a satisfacer al personal que se desplace de su residencia por necesidad de servicio serán:

3.640 pesetas por día dentro de Galicia.

4.680 pesetas por día en el resto de España y Portugal.

6.760 pesetas por día en el resto de Europa.

Alternativamente podrá fijarse, si así lo tiene establecido la empresa, el sistema de gastos a justificar.

2. Modificación de la tabla salarial, incrementando su cuantía en un 4%.

ANEXO

CategoríaSalario basePlus de actividadPlus de transporte

Conductor83.200 pesetas/mes10.400 pesetas/mes2.600 pesetas/mes

Mecánico83.200 pesetas/mes10.400 pesetas/mes2.600 pesetas/mes

Conductor-repartidor78.000 pesetas/mes10.400 pesetas/mes2.600 pesetas/mes

Mozo taller73.507 pesetas/mes6.240 pesetas/mes2.600 pesetas/mes

Mozo almacén73.507 pesetas/mes6.240 pesetas/mes2.600 pesetas/mes

Administrativo78.000 pesetas/mes6.240 pesetas/mes2.600 pesetas/mes

Esta revisión salarial es firmada por las centrales sindicales UGT, CC.OO., CIG y USO, en representación de la parte social y por la Asociación Autónoma de

Empresas de Transporte de Mercancías por Carretera (Apetamcor) y la Asociación de Empresarios de Transporte de Mercancías, Agencias de Transporte de Carga Complementaria y Fraccionada de Ourense (Aetrans) en representación de la parte empresarial.

Y, sin más puntos que tratar, se levanta la sesión cuando son las 19.30 horas en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento, levantándose al efecto la presente acta, que en prueba de conformidad firman los presentes por sextuplicado ejemplar.