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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 75 Miercoles, 18 de abril de 2001 Pág. 5.086

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 8 de marzo de 2001 por la que se autoriza el cambio de titularidad del centro privado San Marcos de Ourense.

Examinado el expediente incoado por Manuel Rodríguez Suárez, en representación de la titularidad del centro privado San Marcos de Ourense, solicitando el cambio de titularidad del mencionado centro.

Resultando que el referido centro docente tiene la correspondiente autorización para impartir enseñanzas.

Vistos el Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias, Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22), sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que lo desarrolla.

Considerando que, a la vista de la documentación aportada, la titularidad del centro le corresponde al Colegio San Marcos, S.L.

Esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autorizar el cambio de titularidad del centro privado San Marcos de Ourense a favor de Colegio San Marcos, S.L. con todos los derechos y obligaciones contraídos por la anterior titularidad.

El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Segundo.-Contra la presente disposición, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 8 de marzo de 2001.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria