Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 71 Martes, 10 de abril de 2001 Pág. 4.867

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 16 de marzo de 2001, de la Delegación Provincial de Ourense, sobre notificación de la incoación del expediente sancionador OU 07/01P y tres más, por infracción de la Ley de pesca fluvial.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27 de noviembre), de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la incoación de expediente sancionador por presuntas infracciones de la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial (DOG nº 151, del 5 de agosto) y de su reglamento aprobado por el Decreto 30/1997, de 14 de mayo (DOG nº 106, del 4 de junio).

Se nombra instructora del expediente a Miriam Areal López, funcionaria de esta delegación; el régimen de recusación es el establecido en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

A los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle de Paseo, nº 18-5º, y aportar las alegaciones, documentos e informaciones que consideren convenientes en su defensa y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretenden valerse.

De no efectuarse alegación alguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto.

Ourense, 16 de marzo de 2001.

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

ANEXO

Expediente

Nº/año

Denunciado

DNI

Última dirección conocidaHecho denunciadoPrecepto infringido

y sancionador

Sanción

pesetas

OU-13/01PJuan Carlos Pérez Suárez

34.960.274K

Nicomedes Pastor Díaz, nº 1-4º izda.

Ourense

Pescar empleando un cebo no permitido (cucharilla)Ley pesca fluvial de Galicia 7/1992, artículo 34.14º50.001 pesetas

OU-07/01PAlejandro Salgado García

44.465.772

C/ Rosalía de Castro, 26-2º

Verín-Ourense

Pescar sin licencia aun siendo titular de la mismaLey pesca fluvial de Galicia 7/1992, artículo 33.1º5.000 pesetas

OU-09/01PSantiago Álvarez González

34.990.815H

C/ Manuel Martínez Sueiro, 4-1º B

Ourense

Pescar en lunes no festivo, día inhábil para la pescaLey pesca fluvial de Galicia 7/1992, artículo 34.8º50.001 pesetas

OU-26/01PAntonio Cobelas Martínez

34.514.961

Lg. San Paio, 87

Ribadavia-Ourense

Pescar en época de vedaLey pesca fluvial de Galicia 7/1992, artículo 34.8º50.001 pesetas