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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 71 Martes, 10 de abril de 2001 Pág. 4.866

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 15 de marzo de 2001, de la Delegación Provincial de Ourense, por el que se notifica la resolución del expediente sancionador OU 234/00P en materia de pesca fluvial.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan la resolución de los expedientes sancionadores por infracciones a la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial (DOG nº 151, del 5 de agosto) y a su reglamento, aprobado por el Decreto 130/1997, de 14 de mayo (DOG nº 106, del 4 de junio).

El importe de la sanción se hará efectivo en cualquier entidad bancaria, en la cuenta de recaudación de multas y sanciones de la Xunta de Galicia nº 2091-0388-90-3110001181, de la Caixa de Aforros de Galicia, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de firmeza de la presente resolución. Para efectuarlo deberán emplear los impresos normalizados que les serán facilitados en esta delegación provincial, sita en la calle Paseo, nº 18-5ª planta, en Ourense. Transcurrido el citado plazo se procederá al cobro por la vía administrativa de apremio.

No obstante lo anterior, y de conformidad con lo previsto en el artículo 114.1º y concordantes de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, cabe formular recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente, en el plazo de un mes, contado igualmente, a partir del siguiente al de publicación de esta notificación.

Transcurrido el plazo de interposición del recurso, sin que éste se presente, esta resolución será firme a todos los efectos reglamentarios.

Ourense, 15 de marzo de 2001.

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Medio Ambiente

ANEXO

Expediente: OU 234/00-P.

Denunciado: José María Giménez Montoya.

DNI: 44453725S.

Última dirección conocida: c/ Pablo Iglesias, nº 1-1º B (Ourense).

Hecho probado: pescar sin licencia de pesca.

Precepto infringido y sancionador: artículo 34.1º de la Ley de pesca fluvial.

Calificación: menos grave.

Sanción: multa de 50.001 pesetas e inhabilitación para obtener la licencia de pesca durante un año.