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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 62 Miercoles, 28 de marzo de 2001 Pág. 3.915

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 8 de marzo de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador EN-78 y 66/2000.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en anexo se mencionan la resolución de dichos expedientes, por infracción de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres.

1. Contra dicha resolución cabe de conformidad con lo establecido en los artículos 107.1º, 114 y 115 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, la interposición de recurso de alzada ante el conselleiro de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la notificación. Transcurrido dicho prazo sin haber interpuesto el recurso, la resolución será firme a todos los efectos, sin perjuicio, en su caso, de la procedencia del recurso extraordinario de revisión.

Transcurrido el plazo de interposición del recurso sin que este fuese presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

2. El importe de la sanción, así como el de la indemnización, se hará efectivo, dentro del plazo de quince días contados desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta 3110001181, de Caixa Galicia (2091), oficina 0388. De no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

3. El rescate de lo decomisado, en el caso de que se trate de utensilios de uso lícito, podrá obtenerse previo pago de la cuantía total de la sanción e indemnización dentro del plazo establecido en el párrafo anterior.

Pontevedra, 8 de marzo de 2001.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: EN-66/2000.

Denunciado: Juan José Falda Rodríguez; domicilio c/ Ramón Cabanillas nº 10-2º-Moaña.

DNI: 36.039.893.

Hechos denunciados: circular con un vehículo en espacio natural protegido. Los agentes denunciantes observaron cómo se encontraba estacionado el vehículo tipo ciclomotor marca Aprilia, modelo Sonic-50, matrículo C-6895-BFV existiendo un cartel informando de la prohibición de la circulación de vehículos fuera de las pistas de dicho espacio natural protegido. Hechos denunciados a las 17.30 horas del día 1 de agosto de 2000, en Viñó, Barra-O Hío, en el ayuntamiento de Cangas.

Fecha del acuerdo de la incoación: 7-9-2000.

Fecha del acuerdo de la propuesta: 11-10-2000.

Propuesta: sancionar a Juan José Falda Rodríguez con multa de 10.000 ptas.

Alegaciones a la propuesta: no presente escrito en su descargo.

Hechos probados: circular con un vehículo por dunas y playa.

Precepto infringido: 38.2º de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres en relación con la Orden de 28 de octubre de 1999, por la que se declara provisionalmente a las zonas propuestas para su inclusión en la Red Europea Natura 2000 como espacios naturales en régimen de protección general.

Precepto sancionador: 38 de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre.

Circunstancias concurrentes: no se aprecian.

Sanción: 10.000 ptas.

Expediente: EN-78/2000.

Denunciado: Eduardo González Rodríguez; domicilio Subida a O Rebullón nº 14-Mos.

DNI: 36.070.907.

Hechos denunciados: circular con un vehículo por dunas y playa. Los agentes denunciantes observaron estacionado en las dunas un vehículo-turismo marca Seat, modelo Ibiza con matrículo PO-03616-BD, existiendo un cartel que informaba de la prohibición de la entrada al lugar. Hechos denunciados a las 15.17 hora del día 6 de agosto de 2000, en las dunas de la playa de Melide, en O Hío-Cabo Home, ayuntamiento de Cangas.

Fecha del acuerdo de la incoación: 4-9-2000.

Fecha del acuerdo de la propuesta: 19-10-2000.

Propuesta: sancionar a Eduardo González Rodríguez con multa de 10.000 ptas.

Alegaciones a la propuesta: no presente escrito no seu descargo.

Hechos probados: circular con un vehículo por dunas y playa.

Precepto infringido: 38.2º de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestres en relación con la Orden de 28 de octubre de 1999, por la que se declara provisonalmente a las zonas propuestas para su inclusión en la Red Europea Natura 2000 como espacios naturales en régimen de protección general.

Precepto sancionador: 38 de la Ley 4/1989, de conservación de los espacios naturales y de la flora y fauna silvestre.

Circunstancias concurrentes: no se aprecian.

Sanción: 10.000 ptas.