1. Alcance de la información pública: legislación.
Se somete a información pública la solicitud presentada por Edasa Eólica Solpor, S.L. de autorización administrativa y declaración de utilidad pública, aprobación del proyecto de ejecución y el estudio ambiental del parque eólico de Serra do Eixe.
Legislación aplicable a los efectos anteriores: Decreto 205/1995, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica en la Comunidad Autónoma de Galicia; Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico y, supletoriamente, los decretos 2617 y 2619/1966, ambos de 20 de octubre, respectivamente, de autorización y de expropiación y sanciones en materia de instalaciones eléctricas; Ley 10/1995, de ordenación del territorio de Galicia; decretos 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia, y 337/1991, de 4 de octubre, de evaluación de efectos ambientales para Galicia.
2. Características básicas del proyecto modificado.
a) Peticionario: Edasa Eólico Solpor, S.L.
b) Domicilio social: Centro Comercial Martínez Padín, s/n, As Lagoas, 32004 Ourense.
c) Denominación: Parque Eólico de Serra do Eixe.
d) Situación: municipio de A Veiga (Ourense).
Coordenadas poligonales en unidades UTM.
Punto 1 (675050, 4685300), punto 2 (680000, 4683172); punto 3 (681450, 4680850); punto 4 (680700, 4680650); punto 5 (674950, 4683450).
e) Finalidad: producción de energía eléctrica a partir de la energía eólica.
f) Datos técnicos:
-Conjunto de 38 aerogeneradores de 1.300 kW/u, que suman una potencia instalada de 49,4 MW.
-Interconexión de los aerogeneradores mediante líneas subterráneas a 20 kV.
-C.T. a instalar en cada aerogenerador de 1.300 kVA de potencia y r/t 0,690/20 kV, con los elementos de protección y auxiliares necesarios.
-Subestación transformadora. Equipada con transformador principal trifásico 132/20 kV de 55 kVA y coin los elementos de maniobra, medida y protección necesarios.
-Sistemas de control y supervisión.
g) Presupuesto: 5.274.545.687 pesetas.
3. Urgente ocupación.
El peticionario, al amparo del título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, solicita, asimismo, la declaración de utilidad pública de las instalaciones, lo que, según lo señalado en el artículo 54 de aquélla, llevará implícito en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados -los cuales se describen en la relación adjunta- e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
4. Estudio ambiental.
El estudio ambiental del parque eólico se somete a información pública en aplicación de la normativa indicada en el apartado 1 y puede ser examinado en las dependencias siguientes: Dirección General de Industria, Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, delegaciones provinciales en Ourense de las consellerías de Industria y Comercio y Medio Ambiente y en el ayuntamiento afectado.
5. Alegaciones.
Los interesados y sus representantes pueden examinar el expediente en las oficinas de esta delegación provincial, calle Curros Enríquez nº 1-4º de Ourense; también en los organismos citados en el punto 4 en lo que respecta al estudio ambiental, y presentar, en su caso, las alegaciones que crean oportunas en el plazo de treinta días, contados a partir de la última publicación de este anuncio.
Esta publicación se realiza igualmente a los efectos del artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos o se ignore el lugar de notificación, con traslado al Ministerio Fiscal de las diligencias que se produzcan.
Ourense, 31 de enero de 2001.
Alfredo Cacharro Pardo
Delegado provincial de Ourense
ANEXO
Relación de bienes y derechos afectados por el Parque Eólico de Serra do Eixe
Ayuntamiento de A VeigaProvincia: Ourense
FINCAS PROPIETARIOS AFECCIÓN (m)
Nº Paraje Cultivo Nombre y apellidos Domicilio SE SP SV PE
1 Vilanova Monte bajo y pinos Monte vecinal en mano común de los vecinos de Vilanova A Veiga 27.750 88.000 106.174 1.378.076
SE: superficie de expropiación en pleno dominio.
SP: servidumbre de paso de caminos y canalización subterráneas.
SV: servidumbre de vuelo de las palas de los aerogeneradores.
PE: protección eólica con la limitación de dominio de no situar obstáculos con una altura superior a seis metros.