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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 49 Viernes, 09 de marzo de 2001 Pág. 3.000

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 1 de diciembre de 2000 por la que se modifica parcialmente la de 26 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras aplicables a la concesión de ayudas a inversiones en el ámbito de la acuicultura marina.

El Reglamento (CEE) nº 3760/1992 del Consejo, de 20 de diciembre, por el que se establece un régimen comunitario de la pesca y la acuicultura (DOCE del 31 de diciembre), fija los objetivos y las normas generales de la política pesquera común; el Reglamento (CE) nº 1263/1999 del Consejo, de 21 de junio, relativo al instrumento financiero de orientación a la pesca (DOCE del 26 de junio), define los objetivos específicos de las medidas estructurales en este sector; el Reglamento (CE) nº 2792/1999 del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se definen las modalidades y condiciones de las intervenciones con la finalidad estructural en el sector de la pesca (DOCE del 30 de diciembre), constituye un marco para el conjunto de las intervenciones estructurales en el sector pesquero realizadas en el territorio de un Estado miembro, sin perjuicio de las especificidades regionales, con vistas a lograr los objetivos establecidos en el Reglamento (CE) nº 1263/1999 citado.

Dentro del marco establecido por la normativa comunitaria y por la básica del Estado, la Comunidad Autónoma de Galicia estableció las bases y condiciones así como el procedimiento de concesión de las distintas líneas de ayudas a inversiones en el ámbito de la acuicultura marina, mediante la Orden de 26 de julio de 2000, procediendo a su notificación a la Comisión Europea, conforme a lo previsto en el apartado 3 del artículo 93 del Tratado CE.

Esta orden de ayudas contempla en su artículo 11º, apartado g), la posibilidad de financiar la adquisición de huevos, alevines, juveniles o reproductores en las condiciones establecidas en la misma.

Posteriormente, la comisión comunicó el criterio de que este tipo de adquisición debe considerarse gasto de funcionamiento y, en consecuencia, no subvencionable.

Por consiguiente, resulta adecuado y urgente adaptar el citado artículo a las previsiones contenidas en el informe de la comisión.

Con tal objeto, esta consellería

DISPONE:

Artículo único.-Se suprime el contenido del apartado g), del artículo 11º, de la orden de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura de 26 de julio de 2000, por la que se establecen las bases reguladoras aplicables a la concesión de ayudas a inversiones en el ámbito de la acuicultura marina, (DOG nº 150, del 3 de agosto de 2000), quedando dicho artículo 11º redactado como sigue:

Artículo 11º.-Inversiones no subvencionables.

En ningún caso se otorgarán ayudas para:

a) La transferencia de una empresa.

b) La adquisición de terrenos o bienes inmuebles.

c) Los vehículos destinados al transporte de personas.

d) La construcción o acondicionamiento de locales, equipamientos, maquinaria, instalaciones o elementos auxiliares no necesarios para los fines productivos.

e) La adquisición de mobiliario y equipos de oficina.

f) La adquisición de material de ocasión, reparaciones y alquileres.

g) Los gastos de mantenimiento y conservación de los bienes y equipos.

h) La cobertura de gastos generales.

i) Los gastos de constitución, gestión, explotación y administrativos.

j) Los gastos de IVA, excepto en los casos en que se aporte certificado expreso del Ministerio de Hacienda del porcentaje no recuperable del mismo.

k) La modernización o acondicionamiento de maquinaria, instalaciones, locales, equipos, elementos auxiliares o cualquier otro tipo de bien, comprendidos en proyectos de inversión cuya financiación se hubiese realizado con ayudas públicas, durante los cinco años inmediatos anteriores al de la solicitud.

Disposición final

La presente orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 1 de diciembre de 2000.

Amancio Landín Jaráiz

Conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura