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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 46 Martes, 06 de marzo de 2001 Pág. 2.795

III. OTRAS DISPOSICIONES

UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE COMPOSTELA

RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2001 por la que se modifica la de 1 de febrero de 2000, sobre delegación de funciones en determinados órganos universitarios.

Por Resolución de 9 de febrero de 2001 se reestructura el equipo de gobierno en la universidad, suprimiéndose el Vicerrectorado de Coordinación del Campus de Santiago de Compostela y la creación del Vicerrectorado de Gestión de Infraestructuras y procediéndose también a una reordenación en la dependencia de determinados servicios.

Además, la resolución de delegación de funciones de 1-2-2000 (DOG del 1 de marzo), no incorporaba algunas competencias como la derivada de la gestión del cuarto ciclo universitario, competencia que procede incorporar a la delegación de funciones.

Por todo lo anterior, este rectorado resolvió modificar la Resolución de 1 de febrero de 2000 en el siguiente sentido:

-El artículo cuarto, apartado e), queda redactado del siguiente modo:

«e) Queda delegada en el vicerrector de Infraestructuras:

I. La presidencia de la comisión electoral y la ejecución de sus resoluciones.

II. La coordinación y gestión de las actuaciones de la Oficina de Gestión de Infraestructuras, de la Oficina de Arquitectura y Urbanismo, del Servicio de Comunicaciones y de los servicios informáticos.

III. El seguimiento y gestión de contratos de obras y de las infraestructuras de la USC, sin perjuicio de las facultades delegadas al vicerrector de Asuntos Económicos.

IV. La solicitud de licencias y otros actos de tramitación ante otras administraciones públicas, contratistas o terceros en materias relacionadas en el apartado anterior.

V. La dirección operativa del Servimav y del Centro de Competencia de Innovación Educativa y Tecnologías de la Información y la Comunicación».

-En el artículo cuarto, apartado f), se introducen los apartados 6 y 7 con la siguiente redacción:

«6. Los actos y resoluciones derivados del cuarto ciclo universitario.

7. La coordinación y dirección de los servicios que se le encomienden».

-En el artículo cuarto, apartado g), se introduce el apartado 4 del siguiente tenor:

«4. La dirección operativa del Gabinete de Comunicaciones».

-En el artículo cuarto, apartado h), en el punto 1. se modifica: «Sistema Universitario de Residencias» por «Servicio Universitario de Residencias».

-En el artículo cuarto, apartado h), se introduce el punto 13 con el siguiente tenor literal:

«13. La dirección operativa del COIE».

-En el artículo cuarto, apartado l), se añade un nuevo punto 6 de la siguiente redacción:

«6. La convocatoria, resolución e impugnación de ayudas en materia de normalización lingüística».

-En el artículo séptimo se introduce el punto 22, que queda redactado del siguiente modo:

«22. Las derivadas de la coordinación de la prevención de riesgos de la USC».

Santiago de Compostela, 20 de febrero de 2001.

F. Darío Villanueva Prieto

Rector de la Universidad de Santiago de Compostela