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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Jueves, 01 de marzo de 2001 Pág. 2.642

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 22 de enero de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, de notificación de la propuesta de resolución del expediente sancionador I-228/2000 y dos más (incendios-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27 de noviembre), se les notifica a las personas que en el anexo se mencionan la propuesta de resolución por infracción de la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre incendios forestales, y de su reglamento, de 23 de diciembre.

Los denunciados podrán presentar en un plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, las alegaciones que consideren convenientes, participándoles que tienen a su disposición el expediente para examinarlo, en el Servicio Técnico Jurídico, sito en Benito Corbal, 47, 5ª planta (Pontevedra). Conforme con lo establecido en el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9 de agosto).

Pontevedra, 22 de enero de 2001.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

ExpedienteDenunciado

Último domicilio conocido

Hecho denunciadoPreceptosSanción
InfringidoSancionador

I-228/2000J. Cesar Rodríguez Vilanova

Avda. Santa Mariña, 121, bajo

Cabral-Vigo

Hacer una hoguera en época de máximo peligro y sin medidas de seguridad.Artículo 138 a) del reglamento de la LIFArtículo 139 del reglamento de la LIF25.000

ExpedienteDenunciado

Último domicilio conocido

Hecho denunciadoPreceptosSanción
InfringidoSancionador

I-264/2000Faustino Rodríguez Reboredo

Bonhome, 54-6º B

32005 Ourense

Abandono de un vehículo en zona forestal.Artículo 137 e) del reglamento de la LIFArtículo 139 del reglamento de la LIF50.000
I-298/2000Indemader, S.L.

Polígono Pasaxe, 99

36380 Gondomar

Vertido de basura en el monte.Artículo 137 e) del reglamento de la LIFArtículo 139 del reglamento de la LIF50.000