Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 43 Jueves, 01 de marzo de 2001 Pág. 2.597

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

ORDEN de 20 de febrero de 2001 de desarrollo del Decreto 304/2000, de 21 de diciembre, sobre subvenciones a fondo perdido para rehabilitación de viviendas en el medio rural de Galicia.

El Decreto 304/2000, de 21 de diciembre, constituye el nuevo marco normativo por el que se regula la concesión de subvenciones para rehabilitación de viviendas situadas en el medio rural.

Su disposición final faculta al conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda a dictar, en el marco de su competencia, cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y aplicación del referido decreto.

En uso de la referida autorización,

DISPONGO:

Artículo 1º

La presente orden regula las ayudas que, con cargo al crédito que figura consignado para esta finalidad en la aplicación 06.50.331A.781.0 del estado de gastos de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2001, concederá el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo en materia de rehabilitación de viviendas en el medio rural, de conformidad con lo establecido en el Decreto 304/2000, de 21 de diciembre.

El importe máximo de estas ayudas será de 1.250.000.000 de pesetas, con cargo al ejercicio presupuestario de 2001.

Artículo 2º

A los efectos de lo determinado en el artículo 5 del Decreto 304/2000, se entiende:

1. Por ingresos familiares la cuantía, en millones de pesetas, de la parte general y especial de la base imponible reguladas en los artículos 38 y 39 respectivamente, de la Ley 40/1998, de 9 de diciembre, sobre la renta de las personas físicas, esto es, antes de proceder a las deducciones de los mínimos personal y familiar y correspondiente a la declaración del solicitante y a las declaraciones de cada uno de los demás miembros de la unidad familiar, presentadas en el período impositivo inmediatamente anterior (con plazo de presentación vencido) a la solicitud de las ayudas.

Si el interesado no hubiese presentado declaración, por no estar obligado a ello, la acreditación de sus ingresos familiares se efectuará mediante declaración responsable, relativa a las mencionadas parte general y especial de la base, reguladas en los artículos 38 y 39, respectivamente, de la Ley 40/1988, de 9 de diciembre, sin perjuicio de la aportación de los documentos acreditativos que se establecen para su com

probación en el artículo 4º de la presente orden de convocatoria.

2. Por ingresos familiares ponderados, los resultantes de aplicar a los ingresos familiares el siguiente coeficiente multiplicador de ponderación en función del número de miembros de la unidad familiar:

Familias de 1 miembro: 1.

Familias de 2 miembros: 0,95.

Familias de 3-4 miembros: 0,90.

Familias de 5-6 miembros: 0,85.

Familias de más de 6 miembros: 0,80.

3. Por unidad familiar se entiende tal y como resulta definida por las normas reguladoras del impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Las referencias a la unidad familiar, a efectos de ingresos, se hacen extensivas a las personas que no estén integradas en ninguna unidad familiar.

4. En el caso de los gallegos residentes en el extranjero, los ingresos en la moneda propia del país en el que se obtengan se calcularán en función de su contravalor en pesetas, aplicando el primer cambio oficial fijado por el Banco de España para el comprador en el mercado de divisas en el año siguiente al que se refieran los ingresos.

Artículo 3º

A efectos de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 304/2000, se determina:

1. El catálogo de trabajos y precios máximos es el que figura en el anexo I de la presente orden.

2. Los importes mínimo y máximo del presupuesto protegible se cifran en las cantidades de 350.000 y 2.200.000 pesetas, respectivamente.

Artículo 4º

A efectos de lo previsto en el artículo 7 del Decreto 304/2000, se determina:

1. Como modelos de solicitud, los que figuran en el anexo II de la presente disposición.

2. Como documentos que deben acompañar la solicitud de las ayudas, los siguientes:

a) Fotocopia compulsada del DNI y del NIF del solicitante.

b) Memoria descriptiva de todas las obras que se pretenden realizar de entre las incluidas en el artículo 4º de dicho decreto y justificación de que éstas se adaptan a la tipología tradicional de la zona. Tendrá que ser suscrita por el solicitante y por el técnico correspondiente cuando las obras precisen dirección facultativa.

c) Plano de situación de la vivienda en el que figure el nombre de la parroquia, del lugar, de la calle y el número o denominación de la casa.

d) Fotografías actuales de todas las fachadas de la vivienda y de las partes que se van a rehabilitar.

e) Fotocopia compulsada de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas, correspondiente al ejercicio inmediatamente anterior al momento de la solicitud y certificado de las rentas expedido en los términos del Real decreto 1190/2000, de 23 de junio, por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

De no estar obligado a presentar la declaración del IRPF, copia de la notificación-liquidación emitida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria para los que presentaron el modelo de solicitud de devolución 104-105, y certificado acreditativo del nivel de renta del correspondiente ejercicio expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

En los demás casos, declaración responsable de todos los ingresos obtenidos y certificado acreditativo del nivel de renta del correspondiente ejercicio, expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que corresponda, adjuntando, además, los siguientes documentos: declaración de circunstancias familiares, certificado de retribuciones y retenciones de la empresa o empresas en las que haya estado de alta en el mencionado ejercicio, y, en su caso, certificado de pensiones, o prestaciones periódicas, certificado del Inem, y certificados de las entidades bancarias de rendimientos del capital mobiliario.

En el supuesto de los emigrantes, la justificación de los ingresos familiares se efectuará mediante copia de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas presentada en España, o de la similar presentada en el país donde presten sus servicios, adverada, en su caso, por la agregaduría laboral correspondiente o delegación consular de España.

f) Certificado municipal de situación de la vivienda según lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 304/2000, de 21 de diciembre.

g) La residencia en los últimos cinco años dentro del término municipal donde está ubicada la vivienda a rehabilitar se acreditará mediante certificación del padrón municipal de habitantes.

h) Informe técnico municipal de que las actuaciones de rehabilitación que se soliciten están conformes con la legalidad urbanística vigente en ese municipio.

i) Documentos que acrediten que el solicitante es el propietario o usufructuario de la vivienda que se va a rehabilitar y, en su caso, la autorización de la institución correspondiente prevista en el artículo 5 del Decreto 304/2000, de 21 de diciembre.

j) Documentación acreditativa de la antigüedad de la vivienda.

k) Declaración del conjunto de todas las subvenciones solicitadas, para las actuaciones objeto de la presente solicitud, de las administraciones públicas y de otros entes públicos.

3. Las solicitudes de subvención se presentarán en las delegaciones provinciales del IGVS que correspondan por razón de la situación de la vivienda, o en cualquiera de las formas previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 enero.

Las solicitudes firmadas por los gallegos residentes en el exterior de la Comunidad Autónoma podrán presentarse en las entidades gallegas de los lugares de residencia que tengan reconocida la galleguidad o estén consideradas como colaboradoras, las cuales deberán remitirlas en todo caso a la Secretaría General para las Relaciones con las Comunidades Gallegas.

Esta secretaría general remitirá las solicitudes a la Delegación Provincial del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo que corresponda en función de la localización de la vivienda.

Será preceptivo el informe de la Secretaría General para las Relaciones con las Comunidades Gallegas para toda solicitud presentada por los gallegos residentes en el exterior.

Artículo 5º

A efectos de lo señalado en el artículo 8 del Decreto 304/2000, de 21 de diciembre, el plazo de presentación de solicitudes es de tres meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el DOG.

Disposición final

Única.-La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de febrero de 2001.

José Cuíña Crespo

Conselleiro de Política Territorial,

Obras Públicas y Vivienda

ANEXO

Nº ord.ActuacionesUd.Precio máximo ptas.

A) Actuaciones en elementos exteriores con protección especial.

1. Remates de fachada según la tipología de la zona.

E026Mampostería con espesor mínimo de 25 cmm14.280
E029Pieza especial, peana, perpiaño, tragaluz, cornisa, escudo, etc., incluyendo andamiaje y medios auxiliares necesarios. El precio de esta unidad se justificará mediante presupuesto específicoUd.A justificar
E030Revestimiento de fachadas con pintura exteriores. Se deducirán los huecos mayores de 1 mm1.428
E031Encintado de fábricas de piedra de fachadas, con mortero de cemento 1:3 o mortero bastardo, según el tipo de piedra de la zonam1.309

Nº ord.ActuacionesUd.Precio máximo ptas.

E052Enfoscado, maestreado y fratasado de fachadas, de 12 a 15 mm de espesor, con mortero bastardo y posterior pintado con pintura exterioresm3.213
E053Limpieza de fachadas de piedra, con empleo de agua a presión, soluciones disolventes, funguicidas, cepillos de alambre y/o raíces, etcm1.190
E055Picado de enfoscados de morteros de cemento o bastardos, sobre fachadasm1.190
E060Revoco de fachadas con mortero monocapa continuo de 15 mm de espesor mediom2.975

2. Carpintería exterior, según la tipología de la zona.

E061Revestimiento sobre carpintería exterior de madera con pintura al aceite o tipo lasur, previo decapado de pinturas existentes, lijado, sellado, relijado e imprimación con tratamiento protectorm7.140
E062Restauración de ventanas de madera, con sustitución de elementos deteriorados, recuperación de herrajes, tapado de hendiduras, grietas y agujetos con resina epoxy-madera, lijados de los enmasillados, aplicación en superficie de aeites vegetales o ceras naturales, incluso pequeño material, y retirada de escombrosmA justificar
E063Revestimiento sobre carpintería exterior de acero con pintura sintética para intemperie, una mano de imprimación antioxidante y dos de acabado previa preparación de la superficiem1.582
E056Puerta balconera de madera con contraventana, acristalada con doble vidirio con cámara, sobre marco de madera incluidos herrajesm36.890
E033Puerta balconera de PVC o aluminio lacado, incluido acristalamiento doble con cámaram28.560
E034Elemento singular de hierro forjado, balcón, reja, herraje, etc., de acuerdo con la tipología de la construcción, incluyendo colocación, andamiaje y medios auxiliares necesarios. El precio de esta unidad se justificará mediante presupuesto específicoUdA justificar
E035Puerta de entrada de madera maciza, incluidos herrajes de seguridadUd89.250
E064Puerta de entrada, en aluminio lacado, incluido acristalamiento y herrajes de seguridadUd54.675
E065Puerta de entrada, en PVC, incluido acristalamiento y herrajes de seguridadUd83.300
E066Ventana o puerta balconera de madera de castaño o teka, para pintar o barnizar sobre cerco de piedra, de las mismas características que la existente, con vidrio sencillo de 4 mm sin junquillo, colocado con masilla al exterior.m35.817
E036Ventana con contraventana, de madera para pintar o barnizar, acristalada con vidrio doble, sobre marco de maderam38.080
E067Ventana giratoria de madera para faldón de cubierta con doble acristalamiento con cámaram34.510
E068Galería de madera de castaño, teka, cedro con módulos de dimensiones de hasta 1,10 mx3,0 m, con parte fija hasta 90 cm y ventanas de guillotina con vidrio sencillo, con protección antiparasitaria de la madera totalmente instaladaMod.120.410
E069Carpintería de aluminio lacado en ventanas o galerías y acristalamiento doble con cámaram29.750
E070Carpintería de PVC en ventanas o galerías y acristalamiento doble con cámaram38.080

3. Cubertas según la tipología de la zona.

Cuando las obras incluyan modificación, refuerzo o sustitución de la estructura portante, una vez realizadas, deberá aportarse certificado de técnico competente acreditativo de que el edificio posee la debida solidez estructural.

E019Cobertura de teja cerámica curva o mixta, colocada con ganchos de acero inoxidablem3.451
E071Cobertura de teja cerámica curva o mixta, sobre planchas de fibrocemento, incluidas éstasm6.426
E020Cubierta de pizarra, colocada sobre rastreles o entablado de madera con ganchos de acero galvanizado. Medición en plantam4.827
E048Cubierta de tejas cerámicas planas, en cubiertas de teja plana, colocadas con puntas de acero. Medición en plantam3.094
E072Rcorrido de cubierta de teja vieja curva o plana, procedente de la demolición, aportando un 40% de las piezasm2.916
E073Enrastrelado de pino rojo tratado de 20x40 mm clavado con puntas de acero, para cubierta de pizarra. Medición en plantam1.246
E074Entablado de madera de castaño de 22 mm sobre viguetas de forjado, cabios de cubierta o pontones, incluido protector, clavado con clavos de acerom6.049
E075Bajante de PVCm3.032
E076Bajante de zinc-cobre-titanio.m5.248
E077Bajante de chapa de acero prelacado de 0.6 mm de espesorm3.724
E078Guardacaños de fundición de hasta 2 m de altura para protección de bajantesUd17.850
E022Canalón de PVC m1.646
E079Canalón de chapa de zinc-cobre-titaniom3.877
E080Canalón de chapa de acero prelacado.m5.664
E081Formación de cubierta con estructura de vigas o cerchas, pontones o cabrios de madera, con protección antiinsectosm11.900
E082Forjado inclinado de hormigón armado de cubierta, según EHEm8.925
E083Cubierta de teja cerámica curva, sobre placas de fibrocemento de onda grande, incluso faldón de estructura de madera con protección antiinsectos. Medida en plantam18.445
E084Cubierta de pizarra de 3-4 cm de espesor aproximado sobre rastreles, incluso faldón de estructura de madera, con protección antiinsectos. Medida en plantam17.850

Nº ord.ActuacionesUd.Precio máximo ptas.

E085Cubierta de teja cerámica curva sobre placas de fibrocemento incluso estructura de hormigón armado. Medida en plantam15.330
E086Cubierta de pizarra sobre rastreles, incluso estructura de hormigón armado, según EHE. Medida en plantam15.897

B) Otras actuaciones.

1. Obras dirigidas a garantizar las condiciones higiénico-sanitarias y de habitabilidad.

001Arqueta de saneamientoUd8.330
087Canalización de saneamiento en PVCm2.737
004Fosa séptica prefabricada, prefiltro incorporado, capacidad 12 personas; instalación enterrada con un volumen de 2.2 m, según NTE/ISD-4 con certificado del fabricante o distribuidor del correcto montajeUd196.350
006Lavabo con grifería monomando, incluso conexionesUd24.990
008Bañera con grifería monomando, incluidas conexionesUd27.370
009Bidé con grifería monomando, incluidas conexionesUd21.420
010Inodoro totalmente instalado.Ud27.370
011Calentador instantáneo de agua caliente de gas, de caudal mínimo 10 l/min. encendido automático piezoeléctrico, incluida instalación necesaria y boletín de instaladorUd49.980
088Termo eléctrico de acero inoxidable para producción y acumulación de agua caliente, 80 l de capacidad, incluida instalación eléctrica y prueba de estanqueidadUd67.354
012Conexión a la red general de agua, incluso contadorUd29.750
013Instalación de desagüe para lavadora automática o lavavajillas a red saneamiento con tubería PVC sanitaria serie C diámetro exterior 40 mmUd4.889
014Depósito de agua con capacidad de mil litros que no sea visible desde el exteriorUd54.000
015Instalación de agua fría y caliente de una vivenda con cocina y un bañoUd138.040
007Instalación de agua fría y caliente de una vivenda con cocina y dos bañosUd190.400
058Instalación de gas en el interior de vivienda, incluido boletín del instaladorUd41.650

2. Acondicionamiento térmico, aislamiento y estanqueidad de la vivienda.

039Formación de cámara de aire, compuesta por fábrica de ladrillo cerámico hueco doble colocado a panderete y tomado con mortero de cemento, aislamiento con plancha de poliestireno expandido de densidad 20 kg/m y 40 mm de espesorm2.654
089Impermeabilización de terraza o balcón existente con lámina asfáltica de betún en caliente, incluido el aislamientom5.355
041Acristalamiento doble tipo Climalit, formado por dos cristales de 6 mm y cámara de airem8.092
042Instalación completa de calefacción en vivienda, compuesta por: caldera individual mixta, para calefacción y agua caliente, con vaso de expansión y bomba de recirculación incorporada; incluidas todas las conexiones, tuberías con coquillas aislantes, termostato ambiente; radiadores, pruebas de estanqueidad y boletín de alta.

Nota: el precio de esta unidad está calculado para una superficie habitable de 100 m y se mantendrá para superficies mayores. En caso de menor superficie, el precio se reducirá proporcionalmente a la misma

Ud.952.000
044Acumulador dinámico, compuesto por material cerámico de acumulación, con ventilador radial, regulador electrónico de carga y limitador de seguridadUd95.200
090Adaptación de instalación eléctrica para calefacción por tarifa nocturna, consistente en circuito eléctrico para acumuladores, adaptación del cuadro de distribución, reloj doble tarifaUd95.200

3. Mejora de las instalaciones eléctricas y adecuación al reglamento de baja tensión.

045Instalación eléctrica en vivienda para un grado de electrificación medio, conforme a los vigentes reglamentos y normas de la compañía suministradora: incluso entrega del boletín.

Nota: el precio de esta unidad está calculado para una superficie de 100 m y se mantendrá para superficies mayores. En caso de menor superficie, el precio se reducirá proporcionalmente a la misma

Ud327.250

4. Adaptación de la vivienda para uso de minusválidos.

046Adaptación de la vivienda para uso de minusválidos, con supresión de barreras arquitectónicas, conforme a la normativa vigenteUdA justificar

5. Supresión de elementos añadidos.

047Obras que se realicen para eliminación de elementos no tradicionales (plaquetas en fachada, fibrocemento, etc.) añadidos a la edificación.

Nota: el importe se justificará mediante presupuesto específico

UdA justificar

6. Acabados interiores.

049Puerta de paso trillaje de madera y tablero contrachapado de madera, incluidos herrajes de cuelgue y cierreUd21.045
050Solado o peldaños de escalera de madera de tarima o parqué, incluido barnizado y rodapiém7.200
091Puerta de paso de tablero aglomerado de media densidad rechapado en madera, para barnizar o pintar, incluidos herrajes de colgadura y cierreUd27.645

Nº ord.ActuacionesUd.Precio máximo ptas.

092Falso techo de lamas de madera de pino machiembradas de una sección de 100x12 mm, clavadas sobre rastreles de madera, barnizadom7.140
093Pavimento o peldaños de escalera de baldosas de gres porcelánico, incluso rodapié del mismo materialm6.100
094Pavimento o peldaños de escalera de baldosas de terrazo, incluso rodapié del mismo materialm5.021
018Alicatado de parámetros interiores con azulejom3.094
095Alicatado de parámetros interiores con azulejo y enfoscado maestreado previom3.094
059Fábrica de ladrillo cerámico hueco doble colocado a panderete tomado con mortero de cemento, enfoscado maestreado previo, alicatado por una de sus caras con azulejo, y pintado por la otra cara, en baños y cocinasm8.520

7. Refuerzo y sustitución parcial de elementos estructurales. Quedan excluidas las reconstrucciones totales de las casas en ruina o como consecuencia de demoliciones y vaciados de la edificación primitiva.

051Reparación de estructuras, sustitución y refuerzo de elementos estructurales. Una vez realizadas las obras, deberá aportarse certificado de técnico competente acreditativo de que el edificio posee solidez estructuralVivA justificar