Visto el texto del acta de reunión de la comisión paritaria del convenio colectivo de la Cooperativa Vitivinícola do Ribeiro S.C.L. de Ourense (código de convenio 3200772-publicado no BOP nº 74 del 30-3-2000), acordando el incremento salarial para el período comprendido entre el 1-9-2000 y el 31-8-2001, con entrada en esta delegación provincial el día 29-11-2000, suscrito por la comisión paritaria del mismo, el día 22-11-2000, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90.2º e 3º del Estatuto de los trabajadores, texto refundido aprobado por el Real decreto 1/1995, de 24 de marzo, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo y demás normas aplicables de derecho común,
Esta delegación provincial,
ACUERDA:
Primero.-Ordenar la inscripción en el registro de convenios de esta delegación provincial y notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.
Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación.
Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Ourense, 5 de diciembre de 2000.
José Lage Lage
Delegado provincial de Ourense
Acta de la reunión de la comisión paritaria del convenio colectivo de la Cooperativa Vitivinícola do Ribeiro S.C.L.
Asistentes:
Por la parte empresarial:
Argimiro Levoso Touceda.
Por la parte social:
Cesáreo Davila Álvarez.
Beatriz García Hermida.
Jorge Barciela Fernández.
Anxo Pérez Carballo (asesor de la CIG).
En Ribadavia, y en los locales de la empresa, siendo las 10 horas del 22 de noviembre de 2000, se reúne la comisión paritaria del convenio, con el fin de proceder a firmar la revisión salarial prevista en su artículo tercero.
Por unanimidad, se acuerda que el incremento salarial para el período comprendido en el 1-9-2000 y el 31-8-2001 será del 3,6%, salvo en las categorías de oficial de tercera, oficial de segunda, administrativos de segunda y comercial autoventa, que será del 5,6%.
Se adjunta y se firma la correspondiente tabla salarial, cuya copia será expuesta en el tablón de anuncios.
Asimismo, se acuerda que las ocho horas que, según el artículo séptimo del convenio, corresponderían disfrutar repartidas entre el 24 y el 31 de diciembre, se disfrutarán el 7 de diciembre, por lo que este día será de libranza a todos los efectos.
Y sin más asuntos que tratar, finaliza la reunión a las 10.30 horas del día arriba indicado.
Tabla convenio septiembre 2000-agosto 2001
Categoría Área Función base alum. base
Salario
%
Salario
B) Comercial Jefe de ventas 191.348 3,6% 198.236 Administración Jefe de administración 191.348 3,6% 198.236 Atención al socio 191.348 3,6% 198.236 Producción Enólogo 191.348 3,6% 198.236 Jefe de producción 191.348 3,6% 198.236
D) Comercial Inspector de ventas 131.111 3,6% 135.831 Administración Jefe de contabilidad 148.831 3,6% 154.189 Técnica Encargado de bodega 131.111 3,6% 135.831 Encargado de embotellado 131.111 3,6% 135.831 Encargado de almacén 131.111 3,6% 135.831 Encargado de mantenimiento 131.111 3,6% 135.831 Encargado de producción 148.831 3,6% 154.189
E) Comercial Promotor comercial 106.305 3,6% 110.132 Administración Administrativo 1ª 110.558 3,6% 114.538 Técnica Oficial 1ª 105.041 3,6% 108.822
F) Comercial Autoventa 98.511 5,6% 104.028 Administración Administrativo 2ª 104.048 5,6% 109.875
Categoría Área Función base alum. base
Salario
%
Salario
Técnica Oficial 2ª 99.224 5,6% 104.781
G) Comercial Ayudante de reparto 96.299 3,6% 99.766 Administración Auxiliar administrativo 96.806 3,6% 100.291 Técnica Oficial 3ª 96.299 5,6% 101.692
H) Comercial Administración Técnica Peón 90.426 3,6% 93.681 Limpieza 90.426 3,6% 93.681 Ayudante vendimia 90.426 3,6% 93.681