En virtud de lo establecido en el artículo 26.7º de la Ley de Galicia 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, modificada por la Ley 11/1998, de 20 de octubre,
DISPONGO:
Encomendar al conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria el despacho de las funciones asignadas al conselleiro sin cartera para Relaciones Institucionales.
Santiago de Compostela, diez de enero de dos mil uno.
Manuel Fraga Iribarne
Presidente