La Ley 13/1991, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su artículo 6 señala la obligación de que los precios privados sean fijados por las consellerías correspondientes, previo informe favorable
de la Consellería de Economía y Hacienda, y publicados en el Diario Oficial de Galicia.
Para cumplir este mandato y después de emitido informe favorable de la Consellería de Economía y Hacienda, esta consellería
DISPONE:
Artículo único.
1. Queda aprobado el precio de venda al público de las publicaciones editadas por esta consellería y que se relacionan en el anexo.
2. Estos precios se entenderán con IVA incluido.
Santiago de Compostela, 22 de noviembre de 2000.
José María Hernández Cochón
Conselleiro de Sanidad y Servicios Sociales
ANEXO
-Anisaquiosis y Alergia. Un Estudio Seroepidemiológico en la Comunidad Autónoma Gallega: 2.000 pesetas (12,02 euros).
-Anisaquiose e Alerxia. Un Estudio Seroepidemiolóxico na Comunidade Autónoma Galega: 2.000 pesetas (12,02 euros).