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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 237 Jueves, 07 de diciembre de 2000 Pág. 16.202

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2000 de aprobación definitiva de un proyecto de expropiación forzosa, por el procedimiento de tasación conjunta, de bienes y derechos afectados por la construcción del polígono número 1 del parque empresarial de Celanova (Ourense).

Vista la documentación que obra en el expediente nº 307/2000, remitido por el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, en base a los siguientes:

I. Antecedentes.

1. El Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo remite el expediente de expropiación forzosa, por el procedimiento de tasación conjunta, de los bienes y derechos afectados por la ejecución del plan parcial del parque empresarial de Celanova (Ourense), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia (LSG).

2. El Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo, en fecha 14 de junio de 2000, acordó iniciar un proxecto

de tasación conjunta y someterlo a información pública por el plazo de un mes, anunciandolo en el diario La Región del 24 de junio de 2000 y en el DOG del 27 de junio de 2000.

3. Las tasaciones fueron notificadas individualmente a los que aparecen como titulares de los bienes y derechos en el expediente, dándoles traslado literal de la correspondiente hoja de aprecio y de la propuesta de fijación de los criterios de valoración, para que formularan alegaciones en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de notificación, tal y como señala el artículo 145.4º de la Ley del suelo de Galicia.

4. El Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo emitió informe individualizado sobre cada una de las alegaciones presentadas por los interesados, de conformidad con el artículo 145.6º de la Ley del suelo de Galicia, y remite el expediente de expropiación forzosa a esta consellería para su aprobación definitiva.

II. Fundamentos jurídicos.

1. El proyecto de expropiación forzosa se tramitó por el procedimiento de tasación conjunta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 de la Ley del suelo de Galicia.

2. El proyecto de expropiación abarca una superficie correspondiente al ambito del polígono nº 1 de actuación delimitado en el plan parcial del parque empresarial de Celanova, en Ourense, aprobado definitivamente por el Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 29 de diciembre de 1998, en el que se determina como sistema de actuación el de expropiación.

En virtud de lo dispuesto en los artículos 33 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones, y los artículos 54, en relación con los artículos 124 y 145, de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, dicha aprobación implica la declaración de utilidad pública de las obras y la necesidad de ocupación de los terrenos incluidos en el ámbito del polígono, resultando legítimada la expropiación propuesta.

3. El expediente tramitado cuenta con la documentación preceptiva exigida por el artículo 145.1º de la Ley 1/1997, del suelo de Galicia.

-Determinación de su ámbito territorial, con los documentos que lo identifican en cuanto a situación, superficie y linderos.

-Fijación de precios con la valoración razonada del suelo, según su calificación urbanística.

-Hojas de precio justo individualizado de cada finca.

-Hojas de justiprecio que corresponden a otras indemnizaciones, en su caso.

4. Los criterios de valoración fijados en el proyecto de valoración se ajustan a los establecidos por los artículos 23 y siguientes de la Ley 6/1998, sobre régimen del suelo y valoraciones.

5. La competencia para aprobar el expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de tasación conjunta corresponde por delegación al director gene

ral de Urbanismo, de acuerdo con el artículo 1 de la Orden de 30 de diciembre de 1999, del conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, (DOG del 10 de enero de 2000), por la que delega atribuciones en materia de urbanismo.

En su virtud, vista la Ley 1/1997, del suelo de Galicia, y Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones y las demas disposiciones aplicables, se propone adoptar la siguiente resolución:

Primero.-Aprobar definitivamente el proyecto de expropiación forzosa, por el procedimiento de tasación conjunta, de bienes y derechos afectados por la construcción del polígono nº 1 del parque empresarial de Celanova (Ourense), a los efectos previstos por los árticulos 145 y 146 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, con estimación o desestimación de las alegaciones en los términos que aparecen en los informes de contestación de las mismas que obran en el expediente.

Esta aprobación definitiva del expediente de tasación conjunta implicará la declaración de urgencia de la ocupación de bienes y derechos afectados por el proyecto de expropiación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 146.1º de la Ley del suelo de Galicia.

En consecuencia, el pago o depósito del importe de la valoración establecida producirá los efectos previstos en los números 6, 7 y 8 del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, sin perjuicio de que continúe la tramitación del procedimiento para la definitiva fijación del precio justo (artículo 146.2º de la Ley del suelo de Galicia).

Segundo.-Notificar el contenido de esta resolución aprobatoria del expediente al Instituto Gallego de la Vivenda y Suelo y de manera individualizada a todos los interesados titulares de los bienes y derechos que figuran en el expediente, a los que se unirá la correspondiente hoja de valoración, confiriéndoles un plazo de vente días durante los que podrán manifestar por escrito ante esta Dirección General de Urbanismo su disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 145.7º de la Ley del suelo de Galicia, advirtiéndoles de que, transcurrido el citado plazo de veinte días sin que se formule oposición a la valoración, se entiende aceptada la que se fijó en el acto aprobatorio del expediente, entendiéndose determinado el justiprecio definitivamente y de conformidad (artículo 145.8º de la Ley del suelo de Galicia).

Tercero.-Publicar la presente resolución así como la relación de los bienes y derechos afectados por la expropiación aprobada, en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de edictos del ayuntamiento:

Relación de propietarios afectados por el polígono de actuación nº 1 del parque empresarial de Celanova

PedidoTitularesCaracterísticas de la finca

NaturalezaSuperficie a expropiar mOtros bienes

indemnizables

Justiprecio

(pesetas)

1Mouriño Villar, Fernando. Celso Emilio Ferreiro nº 18, 1º izquierda, CelanovaRústica2.1052.360.547

3Mouriño Villar, Fernando. Celso Emilio Ferreiro nº 18, 1º izquierda, CelanovaRústica185207.459

10Mouriño Villar, Fernando. Celso Emilio Ferreiro nº 18, 1º izquierda, CelanovaRústica1.3201.480.248

11Mouriño Villar, Fernando. Celso Emilio Ferreiro nº 18, 1º izquierda, CelanovaRústica525588.735

12Mouriño Villar, Fernando. Celso Emilio Ferreiro nº 18, 1º izquierda, CelanovaRústica158177.181

13Mouriño Villar, Fernando. Celso Emilio Ferreiro nº 18, 1º izquierda, CelanovaRústica739828.715

14Mouriño Villar, Fernando. Celso Emilio Ferreiro nº 18, 1º izquierda, CelanovaRústica200224.280

15Mouriño Villar, Fernando. Celso Emilio Ferreiro nº 18, 1º izquierda, CelanovaRústica274307.264

16Mouriño Villar, Fernando. Celso Emilio Ferreiro nº 18, 1º izquierda, CelanovaRústica632708.725

21-AVázquez Gimeno, Manuel Outeriño. San Paio de Veiga, CelanovaRústica1.6141.809.940

29Mouriño Villar, Fernando. Celso Emilio Ferreiro nº 18, 1º izquierda, CelanovaRústica768861.235

34González Caamiña, Delfín. San Paio de Veiga. O Portiño, CelanovaRústica59515 carballos706.608

36Vázquez Gimeno, Manuel Outeriño. San Paio, CelanovaRústica400568.260

53González Caamiña, Delfín. San Paio de Veiga, CelanovaRústica2203 carballos254.583

55Casal Blanco, Julio. San Paio de Veiga, CelanovaRústica509570.793

60Vázquez Gimeno, Manuel Outeriño. San Paio de Veiga, CelanovaRústica1.9602.197.944

67González Caamiña, Delfín. San Paio de Veiga, O Portiño, CelanovaRústica32010 carballos385.098

89-ASuárez González, Paulino. CelanovaRústica736825.350

104López Díaz, Emilio. CelanovaRústica2.2032.674.144

106 González Caamiña, Delfín. San Paio de Veiga, O Portiño, CelanovaRústica6515 carballos743.156

107Andrés Rodríguez, Manuel Gontán. Berea, CelanovaRústica5302 carballos599.592

111Andrés Rodríguez, Dolores Gontán. Berea, CelanovaRústica9341.047.388

112Andrés Rodríguez, Manuel Gontán. Berea, CelanovaRústica2.06555 carballos

(5 maderables

4 castiñeiros)

2.641.191

Asimismo, la publicación y la exposición en el tablón de edictos del ayuntamiento servirá de notificación a los propietarios desconocidos, de los que se ignore el lugar de notificación, o bien tramitada la notificación, no se pudiese realizar. Todo esto, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Cuarto.-Igualmente, se notificará el contenido de esta resolución a la Fiscalia de la Audiencia Provincial, a los efectos establecidos en los artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, en relación con los propietarios desconocidos y los que no comparecen en el procedimiento expropiatorio.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución (artículo 116, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero) o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación (artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa).

Para el caso que interponga el recurso potestativo de reposición, hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo.

Todo esto sin perjuicio de que, en el caso de disconformidad con la valoración establecida, los interesados disponen de un plazo de veinte días para manifestar su disconformidad como se indicó en el apartado 2 de esta resolución, en los términos establecidos por el artículo 145.8º de la Ley del suelo de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de noviembre de 2000.

José Jesús Cudeiro Mazaira

Director general de Urbanismo