De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a la persona que en el anexo que se menciona la resolución dictada en el expediente con fecha 21-9-2000, por infracción al Reglamento de epizootias, Decreto de 4-2-1955.
A los efectos previsto en el artículo 21 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, el denunciado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al del publicación de esta notificación, podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Pontevedra, 2 de novembre de 2000.
José Manuel Gabeiras Vérez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente: AG-SA-9/2000-PO.
Denunciado: José Méndez Caramés.
Última direccion conocida: Toxa-Silleda.
Hecho denunciado: oposición al saneamiento ganadero.
Preceptos infringidos: incumplimiento del artículo 209.3º del Decreto 4-2-1955 por el que se aprueba el Reglamento a la Ley de epizootias de 20-12-1952.
Sanción: 90.000 pesetas según el artículo 209.3º.