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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 235 Lunes, 04 de diciembre de 2000 Pág. 16.075

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2000, de la Dirección General de Industria, por la que se autoriza administrativamente y se aprueba el proyecto de ejecución de la subestación de Lourizán a 220/66/20 kV. (Expediente IN407A 98/287).

Examinado el expediente instruido a instancias de Unión Fenosa Distribución, S.A. con identificación fiscal A-82153834 y domicilio a efectos de notificación en Avda. de Arteixo, 15008 A Coruña, resultan los siguientes

Antecedentes de hecho.

Primero.-El día 9 de noviembre de 1998 la empresa Unión Fenosa Distribución, S.A. solicita la autorización administrativa y la aprobación de su proyecto de ejecución de la subestación transformadora Lourizán a 220/66/20 kV.

Acompañan a dicha solicitud el preceptivo proyecto a que hacen referencia los artículos 8 y 10 de Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, de aplicación al presente expediente según lo dispuesto en la disposición transitoria primera de la Ley 54/1997, de 28 de noviembre, del sector eléctrico.

Las características técnicas básicas de la instalación son las siguientes:

-Dos transformadores de 75 MVA y uno de 40 MVA, relación de transformación 220/66 kV y 220/20 kV respectivamente, con los correspondientes módulos de línea, protección de los transformadores y de medida en las barras, con 12 salidas de línea de 20 kV en Lourizán. Ayuntamiento de Pontevedra.

Segundo.-El citado anteproyecto se sometió a información pública, por resolución de la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Pontevedra de 23-11-1998, publicándose en el DOG del 14 de enero y en el BOP de Pontevedra del 20 de enero de 1999.

Separadamente se presentaron aquellas partes del proyecto que afectan a bienes, instalaciones, obras o servicios, centros o zonas dependientes de otros organismos públicos o corporaciones, a fin de que, en su caso, estableciesen el condicionado procedente.

Durante el período legalmente establecido no se recibieron alegaciones.

Tercero.-El 31 de marzo de 2000 la empresa promotora presenta el modificado nº 1 del proyecto oficial, debido a las condiciones impuestas por Demarcación de Costas de Estado, lo que modifica la configuración inicial de la subestación, pero manteniendo las características generales de la misma, variando exclusivamente la disposición de los diversos componentes con el fin de mantener las distancias mínimas exigidas. Posteriormente, la empresa presenta el anexo al modificado nº 1 del proyecto subestación de Lourizán a 220/66/20 kV, el 17-7-2000, por considerar la delegación provincial insuficiente el contenido del citado modificado nº1.

Cuarto.-La solicitud objeto de este expediente está informada favorablemente por la Delegación Provincial de Pontevedra.

Fundamentos de derecho.

Primero.-La Dirección General de Industria es la competente para resolver este expediente con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia, el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, el Decreto 132/1982, de 4 de noviembre, el Decreto 99/1998, de 26 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Industria y Comercio, modificado por el Decreto 181/1999, de 21 de junio, en relación con el Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas y la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico.

Segundo.-En el expediente instruido al efecto se han cumplido los trámites reglamentarios.

Esta dirección general, de acuerdo con todo lo que antecede y en ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

-Autorizar la subestación Lourizán a 220/66/20 kV, ayuntamiento de Pontevedra.

-Aprobar el proyecto de ejecución de la citada subestación.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Santiago de Compostela, 27 de octubre de 2000.

Ramón Ordás Badía

Director general de Industria