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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Lunes, 27 de noviembre de 2000 Pág. 15.779

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 13 de noviembre de 2000 por la que se particulariza el importe global máximo de las ayudas a inversiones en el ámbito de la acuicultura marina para el ejercicio del año 2001.

La Orden de 26 de julio de 2000 por la que se establecen las bases reguladoras aplicables a la concesión de ayudas a inversiones en el ámbito de la acuicultura marina (DOG nº 150, del 3 de agosto), establece en su artículo 4 que en los ejercicios sucesivos de la vigencia del actual Programa Operativo IFOP 2000-2006 las ayudas se otorgarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias que para esta misma finalidad se determinen en la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia del año correspondiente.

Aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia el proyecto de Ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma para el próximo ejercicio presupuestario, procede establecer el importe global máximo para la concesión de estas ayudas en el ejercicio de 2001.

Por todo lo expuesto y en uso de las facultades que me fueron conferidas

DISPONGO:

Artículo único.-Para el ejercicio presupuestario 2001 las ayudas al amparo de la Orden de 26 de julio de 2000, por la que se establecen las bases reguladoras aplicables a la concesión de ayudas a inversiones en el ámbito de la acuicultura (DOG nº 150, del 3 de agosto) se otorgarán con cargo a la aplicación presupuestaria 12.02.721B.771.1, que figura dotada en el proyecto de Ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2001, y hasta un importe máximo de 2.057.568.714 pesetas.

En todo caso, y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 11 de febrero de 1998 (DOG nº 33, del 19 de febrero), sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto, el gasto que se proyecta queda condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2001.

Disposición final

Única.-La presente orden entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 2000.

Amancio Landín Jaráiz

Conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura