Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Lunes, 27 de noviembre de 2000 Pág. 15.779

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 13 de noviembre de 2000 por la que se particulariza para el ejercicio presupuestario 2001 el procedimiento de concesión de ayudas para la creación, renovación, modernización e innovación tecnológica de las empresas de manipulación, transformación, conservación, tratamiento y comercialización de los productos de la pesca, el marisqueo y la acuicultura.

La Orden de 17 de julio de 2000 por la que se establecen las bases y condiciones y se regula el procedimiento de concesión de ayudas para la creación, renovación, modernización e innovación tecnológica de las empresas de manipulación, transformación, conservación, tratamiento y comercialización de los productos de la pesca, el marisqueo y la acuicultura (DOG nº 149, del 2 de agosto) establece en su artículo 4 que en los ejercicios sucesivos de la vigencia del actual Programa Operativo IFOP 2000-2006 las ayudas se otorgarán con cargo a las aplicaciones presupuestarias que para esta misma finalidad se determinen en la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma del año correspondiente.

Por otra parte, su artículo 15 establece que el plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación en el DOG de la correspondente convocatoria.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2000 al amparo de la referida orden y aprobado por el Consello de la Xunta de Galicia el proyecto de Ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma para el próximo ejercicio presupuestario, procede establecer las condiciones particulares para la concesión de estas ayudas en el ejercicio 2001.

Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo 1º

Para el ejercicio presupuestario 2001, las ayudas al amparo de la Orden de 17 de julio de 2000 por la que se establecen las bases y condiciones y se regula el procedimiento de concesión de ayudas para la creación, renovación, modernización e innovación tecnológica de las empresas de manipulación, transformación, conservación, tratamiento y comercialización de los productos de la pesca, el marisqueo y la acuicultura (DOG nº 149, del 2 de agosto) se otorgarán con cargo a la aplicación presupuestaria 12.03.722A.770.0, que figura dotada en el proyecto de Ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2001 y hasta un importe máximo de 5.096.090.000 pesetas.

En todo caso y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 11 de febrero de 1998 (DOG nº 33, del 19 de febrero) sobre tramitación anticipada de expedientes de gasto, el gasto que se proyecta queda

condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2001.

Artículo 2º

Para la concesión de ayudas al amparo de dicha Orden de 17 de julio de 2000 con cargo al ejercicio presupuestario 2001, el plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.

Disposición final

Única.-La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 2000.

Amancio Landín Jaráiz

Conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura