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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 224 Lunes, 20 de noviembre de 2000 Pág. 15.476

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 8 de noviembre de 2000, de la Delegación Provincial de A Coruña, por la que se anuncia el levantamiento de las actas previas a la ocupación de bienes y derechos afectados por la instalación eléctrica que se cita. (Expediente 77/2000).

Otorgada la declaración de utilidad pública que lleva implícita la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las instalaciones de la línea eléctrica aérea a 132 kV desde la subestación de Bustelo hasta la subestación de Pena da Loba (expte. nº 77/2000), por resolución de la Dirección General de Industria de fecha 14 de septiembre de 2000, a favor de la entidad beneficiaria Parque Eólico Bustelo, S.A., con domicilio en la c/ Castiñeiriño, nº 12-3º, 15702 Santiago de Compostela.

Esta delegación acuerda señalar el día 14 de diciembre de 2000 para el levantamiento de las actas previas a la ocupación, de conformidad con los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 56 de su Reglamento de 26 de abril de 1957, en las que se describirán los bienes o derechos expropiables y de imposición de servidumbre de paso de energía eléctrica, contenidos en la relación de fincas que se expone junto con esta resolución en el tablón de edictos del Ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez, deducida de la que se sometió a información pública en el DOG, en El Ideal Gallego, en el BOE y en el BOP de fechas 5, 7, 8 y 25 de abril de 2000, respectivamente; acto al que deberán concurrir los propietarios propuestos de las fincas afectadas, a los que se les practicará notificación individual, señalándoseles los horarios de toma de datos sobre el terreno y del levantamiento efectivo de las actas en las oficinas de la referida casa consistorial.

Esta publicación ser realiza igualmente a los efectos del artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos o se ignore el lugar de notificación; y así, dirigir al Ministerio Fiscal, las diligencias que se produzcan de éstos, de conformidad con el artículo 5 de la citada Ley de expropiación forzosa.

A Coruña, 8 de noviembre de 2000.

Jesús Espada Martínez

Delegado provincial de A Coruña