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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 207 Miercoles, 25 de octubre de 2000 Pág. 14.552

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE PONTEVEDRA

ANUNCIO de la aprobación definitiva del proyecto de urbanización parcial del camino viejo de Castilla.

La Comisión de Gobierno, en sesión de veinticuatro de septiembre de dos mil, acordó prestar aprobación definitiva al proyecto de urbanización parcial del camino viejo de Castilla, formulado por Priseca, Sociedad Limitada y suscrito por los arquitectos Eugenio Jiménez Passolas y Gustavo Pérez Álvarez, visado por la delegación en Pontevedra del COAG en fecha 6-9-1999, con la finalidad de llevar a la práctica las

determinaciones de urbanización del Plan general de ordenación urbana, ante la parcela de esta sociedad situada con frente a la curva de trazado del camino viejo de Castilla.

Lo que se hace público para su ejecutividad, significándose que contra este acto administrativo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse bien el recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó y en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su modificación, conforme a lo establecido en el art. 116.1º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pontevedra en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 8.1º y 4.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio.

De interponerse el recurso potestativo de reposición, éste deberá ser resuelto y notificado en el plazo de un mes según se establece en el art. 117.2º de la citada Ley 30/1992, modificada por la Ley 4/1999, entendiéndose desestimado por el transcurso del mencionado plazo sin resolución expresa, de conformidad con lo establecido en el art. 43.2º de esta Ley 30/1992, pudiendo entonces interponerse recurso contencioso-administrativo dentro del plazo de seis meses contado desde el día siguiente de aquél en que deba entenderse presuntamente desestimado el recurso de reposición interpuesto, conforme a lo establecido en el art. 46.1º y 4º de la Ley 29/1998.

No obstante, también se podrá interponer cualquier otro recurso que los interesados estimen procedentes con arreglo a derecho.

Pontevedra, 5 de octubre de 2000.

Julio Dapena Outomuro

Secretario general

P.D.

Xosé Cesáreo Mosquera Lorenzo

Teniente alcalde delegado del Área de Urbanismo y Medio Ambiente