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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 175 Viernes, 08 de septiembre de 2000 Pág. 12.726

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 31 de julio de 2000 por la que se le concede autorización definitiva a la Escuela Familiar Agraria Piñeiral de Arzúa (A Coruña), para impartir el ciclo formativo de grado medio de Comercio.

Examinado el expediente instruído a instancia del titular de la Escuela Familiar Agraria Piñeiral de Arzúa (A Coruña), solicitando autorización para impartir el ciclo formativo de grado medio de Comercio.

Teniendo en cuenta que el expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de A Coruña, que se remite con los informes correspondientes.

Vistos el Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias, Real decreto 777/1998 (BOE del 8 de mayo) por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; Orden de 21 de diciembre de 1999 (DOG del 31-1-2000) por la que se regulan determinados aspectos relativos a autorización de centros privados exclusivos de formación profesional específica; Decreto 296/1999 (DOG del 18-11-1999) por el que se desarrollan determinados aspectos de los currículos de los ciclos formativos de formación profesional espe

cífica en la Comunidad Autónoma de Galicia, Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22), y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre) que lo desarrolla.

Considerando que concurren en el expediente los requisitos exigidos en las disposiciones vigentes para poder acceder a lo solicitado.

Esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autorizar a la Escuela Familiar Agraria Piñeiral de Arzúa para impartir el ciclo formativo de grado medio de Comercio, quedando la composición resultante según se especifica en el anexo de esta orden.

Segundo.-Antes del inicio de las enseñanzas que se autorizan, la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe de la Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de personal que imparta docencia en dicho centro.

Tercero.-Queda el centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Cuarto.-Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un

mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 31 de julio de 2000.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria

ANEXO

Provincia: A Coruña.

Municipio: Arzúa.

Localidad: Arzúa.

Dirección: Santa María, s/n.

Código del centro: 15020313.

Denominación específica: Escola Familiar Agraria Piñeiral.

Titular: Federación de Escuelas Familiares Agrarias.

Enseñanzas que se autorizan.

Familia profesional: Comercio y Marketing.

1 ciclo formativo de grado medio de Comercio (1 para 20 puestos escolares).

Composición resultante.

a) Centro de educación secundaria:

-4 unidades de educación secundaria obligatoria.

b) Centro de formación profesional específica:

Familia profesional: Comercio y Marketing.

-1 ciclo formativo de grao medio de Comercio (1 unidad para 20 puestos escolares).

-1 ciclo formativo de grado superior de Gestión comercial y marketing (1 unidad para 20 puestos escolares).

-2 unidades de FP2 de la rama: agraria; especialidad: administración y gestión de empresas agrarias.