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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 170 Viernes, 01 de septiembre de 2000 Pág. 12.505

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE A CORUÑA (SECCIÓN PRIMERA)

EDICTO (2745/1996).

Yo, Cándido Curiel Fernández, secretario de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de A Coruña.

Por el presente hago constar, que en el rollo nº 2745/1996 ha recaído resolución cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:

«Sentencia.

En el recurso de apelación civil 2745/1996, procedente del Juzgado de Primera Instancia e Instruc

ción de A Coruña, número tres, con el nº 1473/1994, sobre modificación de medidas de separación, entre partes, de la una y como demandante apelante, Felipa Fernández Rey, representada por el procurador Sr. López y López, y de la otra como demandado apelado, el Ministerio Fiscal y declarado en situación legal de rebeldía, Jesús Noya Parama. Siendo ponente el magistrado José María Sánchez Jiménez.

Fallamos que debemos de estimar el recurso de apelación al que se adhirió el Ministerio Fiscal, interpuesto contra la sentencia dictada ante el presente incidente de modificación de medidas de separación, la que debemos revocar y revocamos disponiendo que la guarda y custodia de los menores Jesús y Patricia Noya Fernández corresponderá a la actora Felipa Fernández Rey, sin hacer expresa condena en costas».

Y para que conste, en cumplimiento de lo acordado, y sirva de notificación al rebelde Jesús Noya Parama expido y firmo el presente en A Coruña, a treinta de marzo de dos mil.

El secretario

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