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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 170 Viernes, 01 de septiembre de 2000 Pág. 12.487

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y POLÍTICA AGROALIMENTARIA

RESOLUCIÓN de 9 de agosto de 2000, de la Dirección General de Producción Agropecuaria, por la que se convocan 3 cursos de aplicador/manipulador de plaguicidas de usos fitosanitario y ganadero.

La Orden de 30 de julio de 1997, conjunta de las consellerías de Agricultura, Ganadería y Montes y de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se establece en la Comunidad Autónoma de Galicia la normativa reguladora para la homologación de cursos de capacitación para realizar tratamientos con plaguicidas, así como para la obtención del carné de manipulador de estos productos, establece en su artículo 9 la obligatoriedad de que el organismo oficial responsable publique en el Diario Oficial de Galicia la información correspondiente a cada curso que vaya a celebrar.

Mediante la Resolución de 25 de abril de 2000 (DOG nº 89, del 10 de mayo), de la Dirección General de Producción Agropecuaria, se convocaron 4 cursos de aplicador/manipulador de plaguicidas de usos fitosanitario y ganadero. Dado que el número de solicitantes de establecimientos y servicios plaguicidas que, cumpliendo los requisitos de preferencia para la admisión que estableció el apartado 4 c) de la resolución sobrepasó en algunos casos las 30 plazas convocadas por curso, es conveniente realizar una segunda convocatoria para atender aquellas solicitudes que quedaron excluidas.

Por otra parte, las agrupaciones de tratamientos integrados en la agricultura (Atrias), que vienen desarrollando programas de control y erradicación de los organismos nocivos de los cultivos asociados acogiéndose a las órdenes de ayuda convocadas anualmente por la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria para este fin; para poder llevar a cabo el control, deben realizar tratamientos con plaguicidas en las explotaciones de los integrantes de la misma, por lo que es necesario que los aplicadores de esos productos estén en posesión del carné que les habilite para desarrollar esa actividad.

En consecuencia, se anuncia la convocatoria de 3 cursos de aplicador/manipulador de plaguicidas, que se celebrará de acuerdo con las siguientes bases:

1. Clase de curso a impartir.

Curso de aplicador/manipulador de productos fitosanitarios y de uso ganadero. Nivel básico.

2. Datos del organismo organizador.

El organismo organizador será el Servicio de Sanidad Vegetal de la Subdirección General de Sanidad y Producción Vegetal.

3. Objetivos del curso.

Conseguir una formación adecuada para el personal de los establecimientos y entidades que manipulen o presten servicios de tratamientos con plaguicidas

fitosanitarios o de uso ganadero, al objeto de que puedan obtener el carné de manipulador de estos productos que les capacite para ejercer dicha actividad en todo el territorio estatal.

4. Destinatarios.

a) Destinatarios: personal de establecimientos y servicios plaguicidas, aplicadores, agricultores y público en general.

b) Nº de plazas: el número de alumnos que podrá participar por curso será de 30 como máximo.

c) Criterios de selección: el solicitante deberá tener al menos 18 años. En la selección tendrán preferencia las solicitudes presentadas para los cursos de Lugo y Ourense, convocados por la Resolución de 25 de abril de 2000, de la Dirección General de Producción Agropecuaria, del personal de establecimientos de venta y de los almacenes comunitarios y otros almacenes contemplados en el artículo 4, apartados 1º.4, 1º.5, 1º.6, y 1º.7 de la Orden de 8 de abril de 1996, conjunta de las consellerías de Agricultura, Ganadería y Montes y de Sanidad y Servicios Sociales, por la que se crea el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Plaguicidas y se dictan normas para la inscripción en él en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Asimismo, tendrán preferencia los socios de la Agrupación de Productores de Patata de Xinzo de Limia (Apropaxi) para el curso del apartado 5.3.

5. Celebración.

Las clases correspondientes a estos cursos (uno en cada centro) se llevarán a cabo en los siguientes lugares:

5.1. Expourense.

Dirección: finca Sevilla s/n. Municipio: Ourense. Provincia: Ourense.

5.2. Escuela Politécnica Superior.

Dirección: campus universitario. Municipio: Lugo. Provincia: Lugo.

5.3. Casa de la Cultura Municipal.

Dirección: Curros Enríquez, 17. Municipio: Xinzo de Limia. Provincia: Ourense.

-Duración y horario: los cursos se celebrarán en las siguientes fechas:

Lugo: 25-29 de septiembre de 2000.

Ourense: 4-8 de septiembre de 2000.

Xinzo de Limia: 18-22 de septiembre de 2000.

La duración de cada curso será como mínimo de 21 horas lectivas, distribuidas en 13 horas de clases teóricas y 8 de clases prácticas.

El horario del curso será de 15 a 19 horas, de lunes a jueves, y de 9 a 14 horas del viernes.

6. Programa.

Los temarios que se impartirán son los que figuran en el anexo II.

7. Coordinador técnico del curso:

De acuerdo con la facultad conferida en el artículo 10 de la Orden de 30 de julio de 1997, la coordinación del curso la realizará el personal técnico del Servicio de Sanidad Vegetal de la Subdirección General de Sanidad y Producción Vegetal.

8. Solicitudes e inscripción.

a) Documentación: el personal que desee participar en estos cursos, a excepción de los que ya tuvieran solicitud admitida para los cursos de Lugo y Ourense, deberá presentar cubierta la solicitud que figura como anexo I junto con una fotocopia compulsada del DNI y, en su caso, certificación del organismo o servicio de plaguicidas, especificando la labor que desarrolla el solicitante en el mismo.

La documentación señalada anteriormente se presentará en los registros generales de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria, en horario de 9 a 14 horas, o en cualquiera de las oficinas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

El plazo de presentación será de 10 días naturales, contados desde el siguiente al de la publicación de la presente resolución.

b) Admisión: la relación de solicitantes admitidos se expondrá en el tablón de anuncios del organismo convocante, en el plazo de 5 días naturales, contados a partir del siguiente al plazo de finalización de la inscripción.

9. Certificado de superación del curso.

Es obligatoria la asistencia a todas las sesiones del curso. Finalizado éste, la entidad organizadora realizará las pruebas pertinentes que avalen los conocimientos adquiridos por el alumno y en caso de superar las mismas se expedirá el certificado con el que podrá solicitar a la Dirección General de Producción Agropecuaria el carné de manipulador de productos fitosanitarios y de uso ganadero, nivel básico, que es el único documento válido para poder ejercer la actividad y a los efectos de inspección por parte de los organismos oficiales correspondientes.

Santiago de Compostela, 9 de agosto de 2000.

P.D. (Resolución 19-7-2000)

José Jesús García González

Subdirector general de Sanidad y Producción

Vegetal

ANEXO II

Programa del curso de nivel básico para productos fitosanitarios y de uso ganadero

1. Plaguicidas: descripción y generalidades.

2. Riesgos derivados de la utilización de los plaguicidas.

3. Peligrosidad de los plaguicidas para la salud. Intoxicaciones.

4. Práctica de la protección fitosanitaria. Relación trabajo-salud, primeros auxilios en caso de intoxicación.

5. Medidas preventivas y protectoras para evitar el riesgo de uso de plaguicidas.

6. Buena práctica fitosanitaria. Protección del medio ambiente y normas legales.

7. Ejercicios prácticos.

8. Prueba de evaluación.