El Igape renueva la convocatoria de becas de contratos en prácticas manteniendo así una política de doble objetivo, de una parte el de acercar a los recién titulados, con escasa o nula experiencia profesional, a las empresas gallegas facilitándoles así la experiencia práctica complementaria a los conocimientos adquiridos en su período formativo e de otra parte, incentivando la contratación por parte del empresariado gallego, de trabajadores con una base de formación importante, que pueda propiciar, tras el necesario período de adaptación y aprendizaje práctico, la mejora del capital humano de las empresas y la familiarización de los empresarios con personal de mayor cualificación personal.
La nueva convocatoria mantiene el sistema de asignación de becarios a las empresas y entidades puesto en práctica en la pasada convocatoria de becas 99, de modo que tras la clasificación de las entidades y de los becarios, según la demanda de titulación y especialidad solicitada por las entidades se procede a la asignación directa y automatización de los becarios mejor clasificados.
Las variantes más destacables que presenta la nueva convocatoria se encuentran en el establecimiento de los baremos clasificatorios de las entidades solicitantes de becarios, concretándose en los siguientes criterios:
1. Se introduce una valoración positiva (10%) de las solicitudes de titulaciones menos demandadas, con la intención de potenciar el acceso a las becas de titulaciones de más difícil acceso al mercado laboral.
2. Se mantienen los criterios de: complejo de actividad preferente (25%) y ubicación de las entidades en alguna de las provincias de menor renta (20%).
3. Se establece unha cuantía mínima del salario bruto a percibir por los titulados en el valor de la beca concedida (1.500.000 ptas.). Aquellas entidades que propongan un salario bruto anual superior, recibirían 1 punto porcentual por cada 15.000 ptas. en que el salario bruto anual propuesto supere 1.500.000 ptas., con el límite en este concepto en 25 puntos porcentuales.
4. Se evaluarán las funciones previstas por las entidades para los becarios, de modo que recibirán 5 puntos porcentuales aquellas solicitudes que propongan funciones en áreas de gestión, organización o tecnología.
5. Por último, se introduce la valoración positiva de aquellas solicitudes que, habiendo sido beneficiarios de becarios del Igape en anteriores convocatorias, acrediten la permanencia en la entidad del becario, con contrato indefinido (15%).
Los restantes aspectos relativos a la tramitación, derechos y obligaciones de los beneficiarios no presentan novedades destacables, estableciéndose un período máximo para la resolución de incidencias, renuncias y reasignaciones de becarios de seis meses a contar a partir de la publicación de las listas de espera de titulados y entidades.
Por todo lo que antecede, previa su deliberación por el Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica (Igape) en fecha 19 de julio de 2000 aprobó las bases reguladoras que se adjuntan a la presente resolución como anexo.
Santiago de Compostela, 19 de julio de 2000.
Margarita Rodríguez Rama
Directora general del Instituto Gallego de Promoción Económica
ANEXO
BASES POR LAS QUE SE REGULAN BECAS-CONTRATOS
EN PRÁCTICAS
Primera.-Objeto.
Es objeto de las presentes bases regular la convocatoria de hasta 80 becas-contratos en prácticas destinadas a minorar los costes laborales de titulados universitarios contratados por empresas o por entidades sin ánimo de lucro representativas de sectores o subsectores empresariales.
Segunda.-Aplicaciones presupuestarias.
Las ayudas convocadas al amparo de las presentes bases, se financiarán con cargo a la partida 02.02/05/01/03/678 de los presupuestos del Igape para el 2000, hasta un máximo de 120.000.000 de ptas.
Tercera.-Beneficiarios.
1. Podrán solicitar esta ayuda aquellas empresas o entidades que cumplan los siguientes requisitos:
A) Empresas (excluidas UTEs) que tengan su domicilio o centro principal de actividades en la Comunidad Autónoma gallega y que cuenten con un mínimo de tres trabajadores fijos. El requisito de empleo no será necesario en las empresas de nueva creación, entendiéndose por estas las que no tengan más de un año de antigüedad contado desde la fecha de constitución hasta la de presentación de la solicitud en el Igape.
B) Entidades sin ánimo de lucro representativas de sectores o subsectores empresariales, que tengan personalidad jurídica propia y su domicilio o centro principal de actividad en Galicia (confederaciones, federaciones, asociaciones o fundaciones).
2. Podrán presentar solicitud para acogerse a estas becas aquellos titulados que cumplan los siguientes requisitos:
A) Ser nacional de un país miembro de la Unión Europea.
B) Cumplir alguna de las siguientes condiciones:
-Tener vecindad administrativa en Galicia.
-Ser natural de Galicia.
-Ser hijo de emigrantes gallegos.
C) Estar en posesión de una titulación universitaria (superior o media) otorgada por una institución docente oficialmente reconocida de algún país miembro de la Unión Europea en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes y haber obtenido el título con posterioridad al 30 de junio de 1997.
D) En el caso de títulos expedidos por centros extranjeros o privados será preciso que estén homologados por el Ministerio de Educación y Ciencia, previamente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
E) No haber desempeñado con anterioridad algún trabajo profesional para el que se requiriese la misma titulación exigida en esta convocatoria, en virtud de cualquier tipo de contrato laboral de duración igual o superior a doce meses.
3. La concesión y disfrute de una beca no supone vinculación laboral, estatutaria o administrativa entre el Igape y los titulados que concurran a esta convocatoria, y no derivarán para ellos otros derechos que los que resulten del procedimiento administrativo.
4. Criterios de selección de empresas y entidades. Se hará de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Complejos de actividad preferentes: 25 puntos, siendo estos los siguientes:
-Mar-industria.
-Rocas ornamentales.
-Agro-industria.
-Textil.
-Automóvil.
-Telecomunicaciones-audiovisual.
-Turismo.
-Silvícola-forestal.
-Maderero.
-Medio ambiente.
b) Retribución bruta que va a percibir el titulado: hasta 25 puntos. (Se otorgará 1 punto por cada 15.000 ptas. en que el salario bruto anual a pagar exceda de 1.500.000 ptas.).
c) Ubicación de la empresa en alguna de las dos provincias de menor renta per cápita (Lugo u Ourense): 20 puntos.
d) Empresas que han tenido un titulado del Igape en convocatorias anteriores y demuestren que este sigue en la empresa con un contrato indefinido: 15 puntos.
e) Dificultades de acceso al mercado laboral de la titulación solicitada: 10 puntos.
(A efectos de este anexo se considerarán titulaciones de difícil acceso al mercado laboral aquellas que no se encuentren entre las siguientes: carreras técnicas-ingenierías, arquitectura, informática en cualquier grado; ciencias económicas, empresariales, administración de empresas, relaciones laborales y derecho en cualquier grado o variante.)
f) Funciones previstas a desarrollar por el becario en ámbitos de organización, gestión o tecnología: 5 puntos.
A los efectos de lo dispuesto en la base 7ª, las solicitudes de empresas o entidades, serán ordenadas por la puntuación alcanzada en la evaluación de los anteriores criterios. En caso de igualdad en la puntuación serán ordenadas por orden de registro de entrada de sus solicitudes con la documentación completa, en el Igape.
5. Criterios de selección de titulados:
El Igape ordenará a los titulados según su titulación, especialidad y puntuación obtenida en el siguiente baremo de autoevaluación:
Matrícula de honor: 4 puntos.
Sobresaliente: 3 puntos.
Notable: 2 puntos.
Aprobado: 1 punto.
Reducción al mismo número de materias:
Puntuación obtenidax10
Nº de materias
Proyecto fin de carrera, grado o tesina: 2 puntos.
Cuarta.-Obligaciones de las empresas o entidades.
A) Formalizar con el titulado asignado un contrato de trabajo en prácticas y mantenerlo vigente al menos 12 meses ininterrumpidos. En el caso de cese de la relación contractual por causas no imputables a la empresa o entidad, la bolsa se reducirá proporcionalmente al período contractual efectivamente realizado. En el contrato laboral se deberá pactar la jornada completa, salvo casos excepcionales de empresas que, con carácter general, tengan establecida una reducción de jornada para la mayoría de los trabajadores de la empresa. En este último caso, el importe de la beca se reducirá en la misma proporción que la reducción de la jornada.
B) Abonarle al titulado asignado un salario mínimo de 1.500.000 ptas./año, salvo que el convenio aplicable establezca una cuantía superior para un contratado en prácticas, siendo en este caso de aplicación lo dispuesto en el convenio. En el caso de pactarse contractualmente una jornada reducida, se minoraría la cuantía de la bolsa en proporción a la reducción.
C) Dar de alta al titulado en el grupo de cotización que legalmente le corresponda según su titulación y abonar la cuota empresarial de la Seguridad Social; dicha cuota será por su cuenta y se entenderá no incluida en el importe de la beca.
D) Estar al corriente en los pagos a la Seguridad Social y Hacienda, así como carecer de deudas con la Comunidad Autónoma de Galicia.
E) Entregarle al Igape la siguiente documentación en plazo:
-Copia compulsada del contrato y alta en la Seguridad Social.
-Datos bancarios de la empresa.
-Copia de las nóminas abonadas y de los boletines de cotización a la Seguridad Social.
-Memoria de actividades del titulado.
F) En general, cumplir con la normativa laboral vigente en materia de contratos en prácticas.
G) Facilitar las labores de inspección y control que el Igape y la Consellería de Economía y Hacienda, bien directamente a través de sus órganos, o bien indirectamente a través de las entidades que designen, puedan realizar.
Quinta.-Número, duración y cuantía de las becas.
1. Se establece un número máximo de 80 becas, de las cuales, hasta 70 podrán ser adjudicadas a favor de empresas, y hasta 10 podrán ser adjudicadas a favor de entidades sin ánimo de lucro representativas de sectores o subsectores empresariales.
2. A cada una de las empresas o entidades seleccionadas sólo se les adjudicará un titulado, pudiendo el Igape declarar desierta total o parcialmente la adjudicación de las becas.
3. La duración de la beca será de 12 meses desde la fecha de formalización del contrato en prácticas del titulado.
4. La cuantía de cada una de las becas será de 1.500.000 ptas./año, esta cifrá será la que el Igape le abonará a la empresa o entidad.
Sexta.-Solicitudes, documentación y plazo de presentación.
1. Empresas o entidades: las solicitudes se deberán presentar en el modelo oficial del anexo III, junto con la documentación descrita en el anexo II.
2. Titulados: las solicitudes se deberán presentar en el modelo oficial del anexo IV acompañadas de la documentación descrita en el anexo V.
3. Las solicitudes se presentarán en el registro general del Igape (complejo administrativo San Lázaro 15703 Santiago de Compostela) o de cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
La documentación que figura en los anexos II e V se deberá presentar en original o bien en copia compulsada o cotejada con los originales por los registros administrativos, de acuerdo con el artículo 38.5º de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. La documentación redactada en una lengua no oficial de Galicia deberá ser traducida por un intérprete jurado.
4. El plazo de presentación de solicitudes para las empresas, entidades o titulados finalizará el 30 de septiembre de 2000.
Séptima.-Tramitación.
1. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, los servicios técnicos de la subdirección de programas de ayuda a la innovación, mejora de la competitividad y cooperación empresarial del Igape comprobarán el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria establecidos en estas bases.
2. Del resultado de la comprobación, serán expuestos en los tablones de anuncios de las oficinas del Igape:
a) Las listas provisionales de solicitantes admitidos y excluidos.
b) Titulaciones y especialidades solicitadas por las empresas o entidades, por orden de preferencia.
c) Baremo obtenido por los titulados, según los criterios del punto 4 de la base tercera.
Abriéndose un plazo de diez días naturales para que los interesados puedan presentar alegaciones respecto al baremo obtenido o enmendar su solicitud y presentar, en su caso, la documentación necesaria, entendiéndose en otro caso desistido de su solicitud, y se resolverá el archivo del expediente.
3. Finalizado el plazo de subsanación, el Igape expondrá en los tablones de anuncios de sus oficinas las listas definitivas de solicitantes admitidos, señalando para las empresas o entidades las titulaciones o especialidades solicitadas por cada una por orden de preferencia y la puntuación obtenida en la valoración de los criterios establecidos en el punto 4 de la base tercera; y señalando para los titulados: titulación, especialidad y puntuación resultante del baremo establecido en el punto 5 de la base tercera.
4. La propuesta de adjudicación a las empresas o entidades seleccionadas será elaborada siguiendo el orden correlativo de puntuación alcanzada, asignándole al titulado que, dentro de la titulación y especialidad que preferentemente solicitó, haya la máxima puntuación y esté disponible. En el caso de que no hubiese titulados disponibles en la titulación y especialidad preferentemente requeridas, se procederá a asignarle al titulado que dentro de la titulación y especialidad requerida en segundo lugar tenga la máxima puntuación y esté disponible, y así sucesivamente. En el caso extremo en que no existiera ningún titulado disponible en ninguna de las titulaciones alternativas solicitadas, se le notificaría a la entidad la denegación motivada del becario.
En caso de igualdad en la puntuación de titulados será asignado en primer lugar el que tenga entregado antes la documentación completa en el Igape.
Una vez otorgadas con el procedimiento descrito las becas, se publicará una lista de espera de titulados y otra de entidades, a fin de que se puedan resolver las potenciales incidencias y readjudicaciones de becarios, con una vigencia a estos únicos efectos de seis meses desde la fecha de su publicación.
Octava.-Resolución y aceptación de las ayudas.
1. El subdirector de programas de ayuda a la innovación, mejora de la competitividad y cooperación empresarial y la directora del Área de Financiación elevarán propuesta de resolución a la directora general del Igape.
2. La resolución de concesión determinará la empresa o entidad beneficiaria y el titulado asignado.
3. El Igape expondrá en sus tablones de anuncios los listados de beneficiarios, así como de solicitantes con resolución negativa. A los beneficiarios, asimismo, se les notificará individualmente su resolución de concesión de la beca que deberá ser aceptada por escrito por el beneficiario en el plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente a su notificación. En el caso contrario, se entenderá que el beneficiario
renuncia a la subvención, dictándose en este sentido resolución por la directora del Área de Financiación.
Novena.-Recursos.
El plazo máximo para dictar y notificar a los interesados la resolución expresa será de seis meses a contar desde el siguiente a la publicación de estas bases.
El vencimiento de dicho plazo sin que se notifique la resolución expresa legitima al interesado para entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.
Las resoluciones de los expedientes instruidos al amparo de lo dispuesto en estas bases agotarán la vía administrativa, por lo que de conformidad con lo previsto en la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra ellas se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses contados desde el siguiente al de su notificación, si fuera expresa, y si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará a partir del siguiente a aquél en el que se produzca el acto presunto.
Potestativamente y con anterioridad a la interposición del recurso contencioso-administrativo, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Dirección del Igape, en el plazo de un mes, si el acto fuera expreso, si no lo fuera, el plazo será de tres meses y se contará a partir del día siguiente a aquél en el que se produzca el acto presunto.
Décima.-Formalización de los contratos.
1. Una vez aceptada la bolsa, la empresa o entidad beneficiaria dispondrá de 30 días naturales, improrrogables, para formalizar el contrato de trabajo con el titulado asignado, según el modelo oficial vigente, donde tendrá que constar la retribución salarial en cómputo anual, expresamente cuantificada en número.
2. La empresa o entidad le remitirá al Igape dentro de los 30 días anteriormente señalados la siguiente documentación:
a) Copia compulsada del contrato.
b) Copia compulsada del alta en la Seguridad Social.
c) Certificado de la entidad financiera donde conste el número de cuenta en que se harán los pagos de la beca.
3. Transcurridos dichos plazos sin que la empresa o entidad acredite la formalización del contrato en el tiempo establecido, se entendería que renuncia a sus derechos y, tras resolución de la directora de Financiación, se procedería a archivar el expediente. El becario asignado, por su parte, se reincorporará a la lista de espera en el orden que le corresponde, cubriendo cualquier vacante de sus características que se pudiera producir.
4. En el caso de que el contrato no llegue a formalizarse por causas imputables al titulado, la empresa o entidad beneficiaria deberá comunicarlo por escrito al Igape, solicitando la asignación de un titulado según el procedimento del punto 4 de la base séptima. El Igape dará audiencia al titulado y una vez cons
tatada por el Igape su renuncia, será excluido de todas las listas de candidatos a becas abiertas en dicho momento en el Igape. En el caso de que becario alegue otro tipo de causalidad, imputable a la empresa, el Igape recabará la información que considere necesaria de ambas partes, decidiendo en base a dicha información la imputación causal. Si el Igape considerase que con la información suministrada no es suficiente para dilucidar la imputación, podrá decidir el archivo del expediente, con pérdida por ambas partes de sus derechos.
5. En el caso de que sea la empresa o entidad quien renuncie a la contratación del becario asignado, o rescinda unilateralmente el contrato durante los dos primeros meses de vigencia de la beca, dicha entidad se considerará desistida de todos los derechos a contratar un nuevo becario. El becario asignado, por su parte, se reincorporará a la lista de espera en el orden que le corresponda, cubriendo cualquier vacante de sus características que se pudiera producir.
Undecima.-Justificación y liquidación.
1. El importe de la ayuda concedida se le abonará a la empresa o entidad mediante dos pagos.
2. Una vez vencido el primer semestre del contrato, la empresa o entidad podrá remitirle al Igape una solicitud de cobro, adjuntando la siguiente documentación: certificados actualizados acreditativos de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y de no tener deudas con la Comunidad Autónoma de Galicia, copia de las nóminas y de los boletines de cotización a la Seguridad Social correspondientes al trabajador que disfrute de la beca de trabajo en prácticas, y una declaración jurada de no percibir otras ayudas por razón de contrato en prácticas objeto de la ayuda. Una vez comprobada que la documentación se ajusta a la resolución, será abonado el cincuenta por ciento de la beca en la cuenta bancaria al efecto designada por el beneficiario.
3. Al finalizar el período de la beca, la empresa o entidad tendrá que entregarle al Igape copia de las nóminas y de los boletines de cotización a la Seguridad Social correspondientes al último cuatrimestre, así como certificados actualizados acreditativos de que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, y de que no tienen deudas con la Comunidad Autónoma de Galicia. Asimismo, deberán entregar una memoria de las actividades realizadas durante el período de la beca en la que se haga constar la permanencia o no del becario en la empresa a la finalización del período de duración de la beca firmada por el representante de la empresa y una declaración jurada de no percibir otras ayudas por razón del contrato en prácticas objeto de la ayuda. Una vez recibida y comprobada la documentación, se abonará el cincuenta por ciento restante de la beca.
Duodécima.-Modificaciones.
1. Cualquier alteración de las condiciones que se tuvieron en cuenta para la concesión de las ayudas podrá dar lugar a la modificación por el Igape de la resolución de concesión, bien a instancia del solicitante o de oficio.
2. Las renuncias de los titulados que se produzcan durante los dos primeros meses desde la formalización
del contrato podrán ser sustituidas por la Dirección General del Igape, después de la solicitud del beneficiario y siguiendo el procedimiento establecido en el punto 4 de la base séptima.
3. En el nuevo contrato en prácticas la empresa o entidad beneficiaria, sólo recibirá beca del Igape por el tiempo y en la cantidad que, una vez deducido el tiempo de vigencia del contrato laboral sustituido, reste para cumplir los 12 meses de duración de la beca.
4. El nuevo contrato, en cualquier caso, deberá tener una duración mínima de 12 meses y cumplir el resto de las condiciones establecidas en las presentes bases, incluyendo el hecho de que la percepción de la cantidad ajustada se hará en dos pagos, el primero a la finalización del primer semestre y el segundo a la finalización de los 12 meses de contrato.
Décimo terceira.-Incumplimiento.
1. No ajustarse a los términos de la convocatoria, el incumplimiento de las obligaciones contenidas en las presentes bases, en la resolución de concesión, o en el artículo 78.9º de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, se incoará un procedimiento de incumplimento, que en virtud de su gravedad podrá dar lugar, después de la audiencia de los interesados, al reintegro total o parcial de las cantidades en su caso percibidas y sus intereses de demora, sin perjuicio de otras responsabilidades en las que hubiese incurrido el beneficiario.
2. Las cantidades que tengan que reintregar los beneficiarios tendrán la consideración de ingresos de derecho público y será de aplicación para su cobro lo dispuesto en los artículos 19 a 23 de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia.
3. Asimismo, los beneficiarios estarán sometidos al régimen de infracciones y sanciones del artículo 79 de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia.
Décimo cuarta.-Concurrencia de ayudas.
Durante su vigencia, estas becas son incompatibles con otras ayudas para el mismo objeto que puedan ser concedidas por organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros, salvo las bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social derivadas del tipo de contrato, y deberá el beneficiario notificarle al Igape cualquier solicitud o concesión obtenida.
Décimo quinta.-Control.
Los beneficiarios se someten a las actuaciones de control que efectúe el Igape y a las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Comunidad Autónoma, a las previstas en la legislación del Consejo de Cuentas y al Tribunal de Cuentas, así como las que pueda efectuar, en su caso, la Comisión y el Tribunal de Cuentas de las Comunidades Europeas, en el supuesto de cofinanciación con fondos europeos. En este sentido, los beneficiarios tienen la obligación de facilitar toda la información que le sea requerida por dichos organismos.
Disposiciones adicionales
Primera.-El contenido de las presentes bases se ajustará a lo establecido por el acuerdo del Consejo
de la Xunta de Galicia de 14 de abril de 2000, según el cual, en tanto no recaiga la decisión de la Comisión Europea de compatibilidad con la normativa comunitaria y no entre en vigor la nueva disposición normativa, se mantendrá la actividad de fomento autonómica ajustándose a las directrices tanto horizontales como sectoriales dictadas por la comisión, así como en su caso, a los límites de intensidad autorizados a Galicia en el Mapa Regional de Ayudas de España para el período 2000-2006.
Segunda.-Se faculta a la directora general del Igape a dictar las disposiciones necesarias para la aplicación de lo dispuesto en las presentes bases.
Disposición final
Las presentes bases entrarán en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
ANEXO I
TITULACIONES
Humanidades
Enseñanzas de 1 y 2º ciclo.
Titulación Código
Bellas Artes 230
Filología Inglesa 272
Filología 300
Filología Alemana 301
Filología Italiana 302
Filología Árabe 303
Filología Portuguesa 304
Filología Catalana 305
Filología Románica 306
Filología Clásica 307
Filología Vasca 308
Filología Eslava 309
Filosofía (= Filosofía y letras) 256
Filología Francesa 310
Geografía 216
Filología Gallega 311
Historia 263
Geografía e Historia 264
Filología Hebrea 312
Historia del Arte 263
Filología Hispánica 229
Humanidades 271
Traducción e Interpretación 265
Enseñanzas de sólo 2º ciclo
Titulación Código
Licenciado en Antropología Social y Cultural 313
Licenciado en Historia y Ciencias de la Música 314
Licenciado en Lingüística 315
Licenciado en Teoría de la Literatura y Literatura Comparada 316
Ciencias experimentales y de la salud
Enseñanzas de 1 y 2º ciclo.
Titulación Código
Biología 101
Matemáticas 108
Titulación Código
Ciencias Ambientales 150
Medicina 109
Ciencias del Mar 104
Odontología 110
Farmacia 105
Química 111
Física 106
Veterinaria 112
Geología 107
Enología 151
Enseñanzas de 1 ciclo.
Titulación Código
Diplomado en Enfermería 237
Diplomado en Nutrición Humana y Dietética 320
Diplomado en Estadística 321
Diplomado en Óptica y Optometría 322
Diplomado en Fisioterapia 269
Diplomado en Podología 323
Diplomado en Logopedia 279
Diplomado en Terapia Ocupacional 324
Enseñanzas de sólo 2º ciclo.
Titulación Código
Licenciado en Bioquímica 102
Licenciado en Ciencia y Tecnología de los Alimentos 103
Licenciado en Ciencias y Técnicas Estadísticas 325
Licenciado en Enología 326
Ciencias sociales y jurídicas
Enseñanzas de 1 y 2º ciclo.
Titulación Código
Administración y Dirección de Empresas 234
Ciencias de la Actividad Física y del Deporte 327
Ciencias Políticas y de la Administración 116
Comunicación Audiovisual 117
Derecho 118
Economía 120
Económicas 120
Empresariales 234
Educación Física 114
Pedagogía 122
Periodismo 123
Ciencias de la información 123
Ciencias de la educación 259
Psicología 124
Publicidad y Relaciones Públicas 126
Sociología 127
Enseñanzas de 1 ciclo.
Titulación Código
Diplomado en Biblioteconomía y Documentación 274
Diplomado en Ciencias Empresariales 217
Diplomado en Educación Social 258
Diplomado en Gestión y Administración Pública 330
Diplomado en Relaciones Laborales 218
Diplomado en Trabajo Social 219
Titulación Código
Diplomado en Turismo 283
Técnico en Empresas y Actividades Turísticas 283
Diplomado en Publicidad 280
Diplomado en Márketing 281
Diplomado en Criminología 284
Diplomado en EGB 227
Graduado Social 218
Maestro-especialidad de Audición y Lenguaje 331
Maestro-especialidad de Educación Especial 332
Maestro-especialidad de Educación Física 333
Maestro-especialidad de Educación Infantil 334
Maestro-especialidade de Educación Musical 335
Maestro-especialidad de Educación Primaria 336
Maestro-especialidad de Lengua Extranjera 337
Enseñanzas de 2º ciclo.
Titulación Código
Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras 340
Licenciado en Ciencias del Trabajo 341
Licenciado en Documentación 119
Licenciado en Investigación y Técnicas de Mercado 121
Licenciado en Psicopedagogía 125
Enseñanzas de 1 y 2º ciclo.
Titulación Código
Arquitecto 128
Ingeniero de Montes 210
Ingeniero Aeronáutico 201
Ingeniero de Telecomunicación 214
Ingeniero Agrónomo 129
Ingeniero en Informática 130
Licenciado en Informática 130
Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos 203
Ingeniero Industrial 206
Ingeniero de Minas 209
Ingeniero Naval y Oceánico 131
Ingeniero Químico 213
Ingeniero Geólogo 132
Enseñanzas de 1 ciclo.
Titulación Código
Arquitecto Técnico 220
Marina Civil 228
Diplomado en Informática 223
Diplomado en Máquinas Navales 400
Diplomado en Navegación Marítima 401
Diplomado en Radioelectrónica Naval 402
Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Aeromotores 2660
Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Aeronavegación 2661
Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Aeronaves 2662
Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Aeropuertos 2663
Ingeniero Técnico Aeronáutico, especialidad en Equipos y Materiales Aeroespaciales 2664
Ingeniero Técnico Agrícola, especialidad en Explotaciones Agropecuarias 2210
Ingeniero Técnico Agrícola, especialidad en Hortofruticultura y Jardinería 2211
Ingeniero Técnico Agrícola, especialidad en Industrias Agrarias y Alimentarias 2212
Titulación Código
Ingeniero Técnico Agrícola, especialidad en Mecanización y Construcciones Rurales 2213
Ingeniero Técnico en Diseño Industrial 403
Ingeniero Técnico Forestal, especialidad en Explotaciones Forestales 282
Ingeniero Técnico Forestal, especialidad en Industrias Forestales 233
Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electricidad 2220
Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica Industrial 2221
Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Mecánica 2222
Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Química Industrial 2223
Ingeniero Técnico Industrial, especialidad Textil 2224
Ingeniero Técnico en Informática de Gestión 2320
Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas 2321
Ingeniero Técnico de Minas, especialidad en Explotación de Minas 2350
Ingeniero Técnico de Minas, especialidad en Instalaciones Electromecánicas Mineras 2351
Ingeniero Técnico de Minas, especialidad en Mineralurgia y Metalurgia 2352
Ingeniero Técnico de Minas, especialidad en Recursos Energéticos, Combustibles y Explosivos 2353
Ingeniero Técnico de Minas, especialidad en Sondeos y Prospecciones Mineras 2354
Ingeniero Técnico Naval, especialidad en Estructuras Marinas 2240
Ingeniero Técnico Naval, especialidad en Propulsión y Servicios del Buque 2241
Ingeniero Técnico de Obras Públicas, especialidad en Construcciones Civiles 2680
Ingeniero Técnico de Obras Públicas, especialidad en Hidrología 2681
Ingeniero Técnico de Obras Públicas, especialidad en Transportes y Servicios Urbanos 2682
Ingeniero Técnico de Telecomunicación, especialidad en Sistemas Electrónicos 2250
Ingeniero Técnico de Telecomunicación, especialidad en Sistemas de Telecomunicación 2251
Ingeniero Técnico de Telecomunicación, especialidad en Sonido e Imagen 2252
Ingeniero Técnico de Telecomunicación, especialidad en Telemática 2252
Ingeniero Técnico en Topografía 404
Enseñanzas de sólo 2º ciclo.
Titulación Código
Ingeniero de Materiales 405
Ingeniero de Organización Industrial 406
Ingeniero en Automática y Electrónica Industrial 407
Ingeniero en Electrónica 408
Ingeniero en Geodesia y Cartografía 205
Licenciado en Máquinas Navales 409
Licenciado en Náutica y Transporte Marítimo 410
Licenciado en Radioelectrónica Naval 411
Otros estudios superiores.
Titulación Código
Conservación y Restauración 240
Cerámica 420
Arte Dramático 421
Diseño 226
Danza 422
Música 423
Especialidades
Descripción Código
(Ninguna) 1
Administración de empresas 76
Administración pública y tributaciones 158
Aeropuertos y transportes aéreos 156
Alemana 55
Ambiental 16
Análisis económico 194
Animación socio-cultural y desarrollo comunitario 144
Antropología americana 178
Antropología social 172
Armamento 69
Arte moderno y contemporáneo 24
Arte moderno 187
Astrofísica 133
Audición y lenguaje 166
Audiovisual 101
Auditoría 115
Automática 89
Automática-electrónica 32
Biblioteca 97
Biblioteconomía y archivos 190
Biología fundamental y sanitaria 145
Biología técnica 150
Biología y conservación de espacios naturales 121
Bioquímica 62
Bromatología 77
Cálculo 70
Centrales y redes 71
Ciencias humanas 191
Cogeneración 104
Comercial 164
Comercialización 192
Comercio 102
Comercio exterior 103
Comunicaciones 25
Construcciones civiles 50
Contabilidad 78
Control de gestión 29
Dirección 38
Dirección comercial 165
Dirección empresas 90
Diseño 160
Diseño y audiovisuales 56
Ecología 126
Economía agraria 28
Economía de la empresa 112
Economía financiera 21
Economía general 79
Economía industrial 19
Economía internacional 122
Economía monetaria y sector público 173
Economía pública 35
Economía pública y política económica 195
Economía regional y sectorial 196
Económicas 15
Edificación 34
Educación especial 170
Educación física 67
Educación infantil 66
Descripción Código
Educación preescolar 143
Educación primaria 137
Ejecución de obras 42
Eléctrica: intensificación de automática y electro 116
Eléctrica: intensificación de centrales y redes 139
Electricidad 7
Electrónica 108
Electrónica industrial 8
Electrotécnica 152
Empresa financiera 75
Empresariales 177
Empresas agroalimentarias 198
Empresas agroindustriales 154
Endógena 18
Energética 149
Equipos electrónicos 64
Escolar infantil 171
Escultura y pintura 111
Español 179
Estadística 57
Estadística e investigación operativa 146
Estructuras 80
Estructuras del buque 161
Estudios administración pública 134
Estudios internacionales 169
Estudios políticos 127
Estudios sociolaborales 193
Esógena 46
Explotaciones agropecuarias 2
Explotaciones forestales 6
Farmacia industrial 58
Filología anglogermánica 118
Filología clásica 197
Filología germánica (inglés) 124
Financiamiento 22
Física de partículas 142
Física teórica 176
Fitotécnia 33
Fundamental 13
Gallego-portugués 53
General 23
Geografía aplicada 41
Geografía e historia 168
Geología aplicada 51
Gestión comercial 30
Hidrología 91
Hispánicas 48
Historia antigua 65
Historia, arte y geografía de Galicia 162
Historia contemporánea 39
Historia del arte 184
Historia moderna 73
Hortofruticultura y jardinería 3
Imagen 175
Inadaptación y marginación social 167
Industrial 81
Industrias 131
Industrias agrarias y alimentarias 4
Industrias agrícolas-agrarias 129
Industrias forestales 132
Informática de gestión 20
Descripción Código
Informática de sistemas 92
Ingeniería química 17
Ingeniería rural 180
Inglés-gallego 148
Inglesa 54
Inorgánica 37
Intensificación energía 174
Intervención socioeducativa 45
Laboral 98
Lengua española e idiomas modernos 181
Literatura hispánica 183
Máquinas eléctricas 82
Máquinas navales 52
Márketing 61
Matemáticas generales 123
Materiales 110
Materiales ennógenos 185
Mecánica 9
Mecanización agraria y construcciones rurales 5
Mecanización y construcción rural 93
Medio ambiente 188
Medio ambiente y contaminación marina 120
Microbiología 107
Museología 136
Optoelectrónica 114
Orgánica 83
Organización 84
Organización industrial 47
Orientación ecología 157
Orientación industrial 128
Orientación sanitaria 27
Orientación y educación especial 44
Pintura 140
Pintura y escultura 186
Preescolar 159
Prehistoria y arqueología 113
Producción 100
Programación 85
Psicología clínica 130
Psicología escolar infantil 125
Psicología industrial y clínica 189
Psicopatología y psicoterapeuta 138
Publicidad 94
Publicidad y relaciones públicas 59
Química 86
Química analítica 14
Química industrial 10
Química inorgánica 147
Química orgánica 74
Química-física 49
Radiología 105
Recursos no vivos 141
Recursos vivos 117
Robótica 106
Románica 60
Sanitaria 87
Sector público 119
Servicios 163
Servicios del buque 155
Silvopaciscultura 153
Sin especificar 998
Descripción Código
Sistema de telecomunicaciones 182
Sistemas 40
Social y del trabajo 26
Sonido e imagen 63
Técnicas energéticas 72
Tecnología pesquera 95
Telecomunicación 109
Telefonía y transmisión de datos 43
Telemática 12
Textil 11
Toxicología 88
Traducción inglés-francés 151
Turismo 99
Urbanismo 68
Vegetal 36
Zoología 31
ANEXO II
DOCUMENTACIÓN EMPRESAS Y ENTIDADES
1. Instancia de solicitud. Anexo III.
2. Copia del DNI del solicitante o de su representante.
3. Copia del CIF.
4. Copia de la escritura o acta de constitución y estatutos, y en su caso de sus modificaciones, debidamente inscritas en el Registro Mercantil o Registro Público que le correspondan por su naturaleza jurídica, junto copia del poder de representación del firmante de la solicitud.
5. Copia del último recibo del IAE (o de alta en el IAE, en el caso de empresas de nueva creación).
Si es el caso, certificado de no estar sujeto al impuesto.
6. Acreditación de un mínimo de tres trabajadores fijos: copia del último TC2, salvo en el caso de empresas de nueva creación o entidades sin ánimo de lucro, representativas de sectores o subsectores empresariales.
7. Certificado actualizado de estar al corriente en los pagos a la Seguridad Social.
8. Certificado actualizado de estar al corriente en las obligaciones tributarias.
9. Certificado actualizado de no tener deudas con la Comunidad Autónoma de Galicia.
10. Memoria firmada por el representante de la empresa donde se indiquen las funciones y actividades que va a desempeñar en la empresa el titulado, y toda la información precisa para evaluar los criterios de selección de empresas o entidades descritos en la base 6.1.
11. Copia del convenio aplicable al titulado que se pretende contratar.
ANEXO V
DOCUMENTACIÓN TITULADOS
1. Instancia de solicitud. Anexo IV.
2. Copia del DNI o pasaporte del solicitante.
3. Acreditación de alguna de las tres siguientes condiciones:
Tener vecindad administrativa en Galicia: se acreditará mediante un certificado de empadronamiento.
Ser natural de Galicia: basta la copia del DNI o pasaporte.
Ser hijo de emigrantes gallegos: se acreditará con copia del DNI del padre o de la madre (el que sea gallego).
4. Currículum vitae (2 copias) que incluirá al menos lo siguiente:
Datos personales, académicos, experiencia profesional y otras habilidades o capacidades acreditables (idiomas, informática ... ).
5. Copia del título o copia del resguardo de tener pagadas las tasas para su obtención.
6. Copia del expediente académico (en el caso de títulos expedidos por centros estranjeros o privados será preciso que los acrediten con una copia compulsada de la homologación, además de la copia del expediente académico, que en el caso de estar en un idioma no oficial en la Comunidad Autónoma de Galicia deberá presentarse traducido por un intérprete jurado).
7. En el caso de querer justificar la puntuación señalada en el baremo relativa a proyecto fin de carrera, grado o tesis de licenciatura: copia del certificado que acredite específicamente la realización.
8. Certificado de vida laboral.