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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 149 Miercoles, 02 de agosto de 2000 Pág. 11.500

I. DISPOSICIONES GENERALES

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

DECRETO 201/2000, de 6 de julio, por el que se deroga el Decreto 278/1994, de 8 de septiembre, por el que se establece el programa de ayudas con finalidad estructural en el sector de la pesca, la acuicultura y la transformación y comercialización de sus productos.

El Decreto 278/1994, de 8 de septiembre, por el que se establece el programa de ayudas con finalidad estructural en el sector de la pesca, la acuicultura y la transformación y comercialización de sus productos, fue aprobado en desarrollo del Reglamento (CE) nº 3699/1993, del Consejo, de 21 de diciembre, por el que se definen los criterios y condiciones de las intervenciones comunitarias con finalidad estructural en dicho sector.

El Reglamento (CE) nº 2792/1999, del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se definen las modalidades y condiciones de las intervenciones con finalidad estructural en el sector de la pesca, deroga el Reglamento (CE) 2468/1998, última redacción del Reglamento (CE) 3699/1993, y constituye el nuevo marco normativo para el conjunto de las intervenciones estructurales en el sector pesquero realizadas en el territorio de un Estado miembro de la Comunidad Europea en el período 2000-2006 con vistas a lograr los objetivos específicos definidos en el Reglamento (CE) nº 1263/1999, del Consejo, de 21 de junio, relativo al Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca (IFOP).

En consecuencia, y al efecto de adaptar el marco de las intervenciones comunitarias con finalidad estructural en el sector de la pesca, el marisqueo y la acuicultura en Galicia a la normativa comunitaria vigente es por lo que, teniendo en cuenta el artículo 28, apartado 5º, del Estatuto de autonomía de Galicia, por propuesta del conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día seis de julio de dos mil,

DISPONGO:

Artículo único.-A la entrada en vigor del presente decreto queda derogado el Decreto 278/1994, de 8 de septiembre, por el que se establece el programa de ayudas con finalidad estructural en el sector de la pesca, la acuicultura y la transformación y comercialización de sus productos, y cuantas disposiciones de rango inferior se dictasen en su desarrollo.

Disposición final

El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, seis de julio de dos mil.

Manuel Fraga Iribarne

Presidente

Amancio Landín Jaráiz

Conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura