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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 132 Viernes, 07 de julio de 2000 Pág. 10.580

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

ORDEN de 14 de junio de 2000 por la que se resuelve la cesión en propiedad de vehículos especialmente preparados a los ayuntamientos gallegos para misiones de protección civil.

Por Orden de 29 de diciembre de 1999 (DOG nº 25, del 7 de febrero), la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales anunció medidas de apoyo a los ayuntamientos gallegos, consistentes en la cesión de vehículos especialmente preparados para misiones de protección civil.

Analizadas las solicitudes y su documentación por los servicios competentes de la Dirección General de Protección Civil se emitió el correspondiente informe, y de conformidad con el punto 5 de da antedicha orden

RESUELVO:

Primero.-Conceder con cargo a la aplicación 13.05.624.1, programa 231 A, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2000, la cesión en propiedad de un vehículos todo-terreno modelo Nissan Patrol largo, techo alto, 6 cc, diésel RD 28 equipado para misiones de protección civil a los siguientes ayuntamientos: Ares; A Coruña; Boiro; Corcubión; Ribeira; Barreiros; Pol; Avión; Riós; Cambados; Forcarei y Mos.

Segundo.-Notificar el contenido de esta resolución a los ayuntamientos beneficiarios, especificando las condiciones particulares que deberán cumplir, y que se formalizarán mediante convenio en el que constará el acuerdo de la cesión y la aceptación del cesionario.

Tercero.-Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día seguiente al de la publicación de esta orden, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden. En todo caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.

Santiago de Compostela, 14 de junio de 2000.

Antonio Pillado Montero

Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales