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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 123 Lunes, 26 de junio de 2000 Pág. 9.969

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE PESCA, MARISQUEO Y ACUICULTURA

ORDEN de 19 de mayo de 2000 por la que se aprueba el cambio de dominio de las bateas Casal III, Paco I, Rías III y Sofi I.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de los viveros Casal III, Paco I, Rías III y Sofi I, y de la concesión administrativa que los amparan, resulta:

a) Antecendentes de hecho.

Primero.-Mediante escrito de fecha 15-2-2000, Jaime Rodríguez Muñiz en nombre y representación de Jaime Rodriguez Muñiz solicitó autorización para la transmisión de concesión de los viveros Casal III, Paco I, Rías III y Sofi I.

Segundo.-Los informes del Servicio de Protección de Recursos sobre las características del vivero y del Servicio Técnico Jurídico sobre la tramitación del expediente son favorables.

b) Fundamentos jurídicos.

Primero.-Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia, y con la Orden de 14 de junio de 1999 de delegación de competencias en los delegados territoriales de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura.

Segundo.-El expediente siguió todos los trámites establecidos en el procedimiento administrativo común, con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por lo que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia, y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de los viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia.

Vistas las disposiciones citadas, la propuesta de resolución elaborada por el servicio de recursos marinos, el artículo 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de regimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás normas de general y pertinente aplicación, tuve a bien dictar la siguiente resolución:

Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de Mejilloneras Muñiz, S.A. (DNI/NIF B-36.351.138), de la concesión administrativa de los viveros que se indican a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Casal III.

Ubicación:

Portonovo A 48.

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden otorgamiento: 23-4-1964 (BOE/DOG nº 120, del 23).

Remate vigencia: 19-5-2004.

Actual titular: Jaime Rodríguez Muñiz (DNI/NIF 35.250.229-S ) y Mª del Carmen Rodríguez Portela (DNI 35.282.290-Z).

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Paco I.

Localización:

Portonovo B 32.

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden otorgamiento: 3-2-1955 (BOE/DOG nº 47, del 3).

Remate vigencia: 16-3-2005.

Actual titular: Jaime Rodríguez Muñiz (DNI/NIF 35.250.229-S) y Mª del Carmen Rodríguez Portela (DNI 35.282.290-Z).

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Rías III.

Localización:

Portonovo A 17.

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden otorgamiento: 14-12-1956 (BOE/DOG nº 48, del 17-2-1957).

Remate vigencia: 17-2-2002.

Actual titular: Mª del Carmen Rodríguez Portela (DNI 35.282.290-Z).

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Sofi I.

Localización:

Portonovo B 20.

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título habilitante:

Orden otorgamiento: 19-6-1974 (BOE/DOG nº 194, del 19).

Remate vigencia: 14-8-2004.

Actual titular: Jaime Rodríguez Muñiz (DNI/NIF 35.250.229-S) y Mª del Carmen Rodríguez Portela (DNI 35.282.290-Z).

Bajo las siguientes condiciones:

Primera.-El actual titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día seguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia cotejada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segunda.-Transcurrido el plazo indicado en condición primera sin tener aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la Consellería.

Tercera.-El nuevo titular de la concesión queda subrogado en los derechos y obligaciones del anterior, desde el momento de formalización de compraventa en escritura pública.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca, Marisqueo e Acuicultura, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses contados en ambos casos desde el día

siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Vigo, 19 de mayo de 2000.

P.D. (14-6-1999, DOG nº 120, del 24)

Rosa Mª Quintana Carballo

Delegada territorial de Vigo