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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 121 Jueves, 22 de junio de 2000 Pág. 9.812

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 19 de mayo de 2000, del Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Lugo, por el que se inicia la tramitación de varios expedientes de clasificación de montes de esta provincia (2/2000 y seis más).

Ante este Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común, se tramitan los expedientes de clasificación de los montes con las características que a continuación se indican:

Expediente número: 2/2000.

Denominación: monte de Santa Xusta.

Comunidad propietaria: vecinos del lugar de Santa Xusta.

Parroquia: O Mosteiro.

Ayuntamiento: Cervantes.

Superficie: 38 hectáreas.

Linderos:

Norte: monte de San Martiño das Cañadas. Este: fincas particulares de Santa Xusta. Sur: monte de Fabal. Oeste: monte de Santo André de As Nogais.

Descripción del perímetro:

Empezando en el extremo noroeste en Fentosa, en el límite con el municipio de As Nogais, en la cumbre de sierra da Escrita, baja haciendo límite con el monte de San Martiño das Cañadas en dirección oeste-este por el cerro de Rebordelo, bajando hasta las fincas particulares muy cerca de las casas de Santa Xusta. Por el este sigue el cierre de las fincas particulares

hasta llegar al camino de O Fabal a Lagúa y Fonte do Cando del municipio de As Nogais, subiendo por el cerro llamado Rebordelos haciendo límite con monte de Fabal, hasta subir a la divisoria de aguas de sierra da Escrita que sigue en dirección sur-norte haciendo límite con el monte de Santo André de As Nogais, hasta llegar a Fentosa, donde se comenzó.

Expediente número: 3/2000.

Denominación: monte de Fabal.

Comunidad propietaria: vecinos del lugar de O Fabal.

Parroquia: Vilasante.

Ayuntamiento: Cervantes.

Superficie: 45 ha.

Linderos:

Norte: monte y término de Santa Xusta y de Vilaxán. Este: monte de Pandelo. Sur: término y monte de Vilasante. Oeste: monte de A Lagúa, de As Nogais.

Descripción del perímetro:

Empezando en el noroeste en el límite con monte de A Lagúa del municipio de As Nogais, baja desde sierra da Escrita de oeste-este haciendo límite con Santa Xusta por Rebordelos, cruza el río y lindando con Vilaxán sube a Pena Tallada. De aquí en dirección norte-sur va lindando con Pandelo bajando por el cerro de Pena Tallada al río, que sigue aguas abajo en un tramo, lindando con términos de Vilasante, para seguir después con éste en dirección este-oeste subiendo por todo el regueiro de Navallos hasta subir al alto de sierra da Escrita, por donde linda según la divisoria de aguas con monte de A Lagúa de As Nogais, como se dijo al principio.

Dentro del perímetro así descrito queda comprendido todo el término vecinal de Fabal, con fincas particulares y el mismo núcleo urbano.

Expediente número: 4/2000.

Denominación: monte de Busnullán y de Temple.

Comunidad propietaria: vecinos de los lugares de Busnullán y de Temple.

Parroquia: Padornelo.

Ayuntamiento: Pedrafita do Cebreiro.

Superficie: 64 ha.

Linderos:

Norte: término y monte de Vilaverde. Este: término y monte de Modreiro. Sur: términos y montes de Teixoeiras, y Vilarín do Monte y de Sabugos. Oeste: montes de Sabugos y de Vilanova.

Descripción del perímetro:

Todo el término vecinal, comprendiendo las tres parcelas de monte, las fincas particulares y los mismos pueblos puede describirse en su perímetro empezando por el extremo norte en Marco de Modreiro donde concurren con este monte los de Vilaverde, de Foxos y de Modreiro. Con este último baja en dirección nor

te-sur a Chao de Modreiro, ya en el límite con las fincas particulares y cruza éstas en la misma dirección hasta Ponte das Valiñas ya en el río Navia. Por el sur divide con término de Teixoeiras y Vilarín do Monte subiendo primero por el río Navia y después por el regueiro de chás hasta Pena da Rasa, donde empieza a limitar con monte de Sabugos; con éste último parte en dirección noreste bajando al arroyo de Grovia y después subiendo en la misma dirección a un cerro por el que baja en dirección noreste, dividiendo con monte de Vilanova hasta los prados del río Navia y después cruza las fincas particulares en dirección noreste, dividiendo con término de Vilaverde con el que sube hasta Marco de Modreiro, donde se comenzó.

Expediente número: 5/2000.

Denominación: monte de Mata.

Comunidad propietaria: vecinos del lugar de Mata.

Parroquia: Padornelo.

Ayuntamiento: Pedrafita do Cebreiro.

Superficie: 11 ha.

Linderos:

Los de todo el término vecinal son:

Norte: término y monte de Foxos. Este: términos de Foxos y de Fonteferreira. Sur: términos de Fonteferreira y de Modreiro. Oeste: montes de Modreiro y de Foxos.

Descripción del perímetro:

El perímetro de todo el término vecinal, comprendiendo este monte, las fincas particulares y el pueblo, puede describirse empezando por el extremo oeste en Os Fedos, donde concurren con este monte los de Modreiro y Foxos; con este último y su término divide por todo el arroyo de Boicela bajando hasta el río Navia; por este río aguas arriba divide con término de Fonteferreira hasta Pena de Loriga; aquí empieza a dividir con término de Modreiro, con el que sube en dirección noroeste por una loma hasta Os Fedos, donde se comenzó.

Expediente número: 6/2000.

Denominación: monte de Pallarvello y de Porfía.

Comunidad propietaria:vecinos de los lugares de Pallarvello y Porfía.

Parroquia: Padornelo.

Ayuntamiento: Pedrafita do Cebreiro.

Superficie: 168 hectáreas.

Linderos:

Norte: monte de Porfía y monte Carballal de Padornelo y Sabugos. Este: monte Negredo de vecinos de Pallarvello, Porfía, Padornelo y Sabugos, y monte de Pacios. Sur: monte de Seixo. Oeste: monte de Louzarela y término de Porfía.

Descripción del perímetro:

El perímetro de este monte, comprendiendo también todo el término vecinal de Pallarvello, con fincas par

ticulares y el mismo pueblo, puede describirse empezando por el extremo norte, en Poyo, en la carretera de Sarria a Pedrafita, donde concurren con este monte los de Porfía, de Padornelo, y de Carballal de Padornelo y Sabugos. Con este último limita en dirección sureste por la divisoria de aguas hasta Fontaos, donde ya empieza a limitar con monte Negredo, con el que sigue hacia el sur por el camino que va por el alto hacia Seixo hasta llegar al límite con el monte de Pacios, con el que sigue hacia el suroeste hasta Pozo da Legua. Aquí empieza a limitar con monte de Seixo, con el que sigue en dirección noroeste por toda la loma de Escandada hasta llegar a Penelo da Roxa, ya en el límite con el monte de Louzarela; con éste baja en dirección noroeste hasta Torno, ya en el límite con los prados del término de Porfía; con éste divide en dirección noreste, por entre fincas particulares bajando al arroyo do Curro, cruzando éste por Veiga y subiendo por una vaguada a Poio, donde se comenzó.

Expediente número: 7/2000.

Denominación: monte de Sabugos.

Comunidad propietaria: vecinos del lugar de Sabugos.

Parroquia: Padornelo.

Ayuntamiento: Pedrafita do Cebreiro.

Superficie: 79 hectáreas.

Linderos:

Norte: monte de Vilanova, y monte y término de Busnullán y Temple. Este: monte de Teixoeiras y Vilarín do Monte y término de Hospital. Sur: término de Padornelo y monte Rañadoiro de Padornelo. Oeste: monte y término de Lago.

Descripción del perímetro:

El perímetro de todo el término vecinal de Sabugos, comprendiendo estas dos parcelas de monte, las fincas particulares y el mismo pueblo, puede describirse empezando por el extremo noroeste en Fondo dos Tallos, donde concurren con este monte los términos de Lago y de Vilanova; con este último parte en dirección sureste, subiendo al alto de la loma, donde empieza a dividir con monte de Busnullán y Temple, con el que baja hasta los prados del arroyo Grovia, cruza éste y en la misma dirección sureste sube a Pena da Rasa; aquí empieza a limitar con monte de Teixoeiras y Vilarín do Monte, con el que sigue en dirección norte-sur primero por la cumbre de la loma y después bajando a Chao da Folgueirosa y a Forno da Cal. Por el arroyo del mismo nombre aguas arriba divide con término de Hospital por entre fincas particulares. También por entre éstas divide de este a oeste con término de Padornelo hasta llegar al camino de Padornelo a Lago, de donde sube a Val de Cabalos, donde empieza a

dividir con monte y término de Lago, con el que baja en dirección noreste por la vaguada de Val de Cabalos hasta Fondo dos Tallos, donde se comenzó.

Expediente número: 8/2000.

Denominación: monte de Veiga de Forcas.

Comunidad propietaria: vecinos del lugar de Veiga de Forcas.

Parroquia: Veiga de Forcas.

Ayuntamiento: Pedrafita do Cebreiro.

Superficie: 158 hectáreas.

Linderos:

Norte: monte de Hospital, de Brimbeira y de Liñares y Coterces. Este: monte de Celeiro. Sur: montes de Fonlor y Fonteboa, de Rabaceira y de Santalla. Oeste: monte de Pacios.

Descripción del perímetro:

El perímetro de todo el término vecinal, comprendiendo las tres parcelas de monte, las fincas particulares y el mismo pueblo, puede describirse empezando por el extremo norte en Campo de San Roque, en la carretera de Sarria a Pedrafita, donde concurren con este monte los de Hospital, de Brimbeira y de Coterces y Liñares. Divide con este último en dirección sureste por una divisoria de aguas por Pena do Ladrón, Pozo de Area, Retorno hasta Merdido, donde empieza a limitar con monte de Celeiro, con el que sigue de norte a sur bajando por una loma por Poza do Carvei o Pena Grande, llegando hasta Eira de San Capelo; aquí empieza a limitar por el sur con monte de Fonlor y Fonteboa en línea recta hacia el suroeste llegando a Chan Dombea; aquí concurren con este monte, además del citado de Fonlor y Fonteboa, el de Rabaceira y el de Santalla; con este último sigue hacia el noroeste en un pequeño tramo bajando al arroyo de Forcas y subiendo a Cabeza de Candedo, donde ya empieza monte de

Pacios; con éste divide en dirección noroeste bajando a media ladera a cruzar los prados del arroyo de Veiga de Forcas y sube a Chao de Fonrubí, para seguir en dirección sur-norte bajando unos prados y subiendo por una vaguada hasta Fonte da Roxa; aquí empieza a limitar con monte de Hospital y con éste sigue hacia el noreste por una vaguada de prados que quedan dentro del término hasta llegar a Campo de San Roque, donde se comenzó.

En virtud de lo acordado por el jurado en la sesión celebrada con fecha del 14 de diciembre de 1999 y, en cumplimiento de la orden del instructor, conforme a lo dispuesto en la Ley de montes vecinales en mano común del 10 de octubre de 1989 y demás disposiciones de aplicación, por el presente edicto se hace pública la iniciación de los expedientes indicados con el objeto de que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del reglamento aprobado por Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, para la ejecución de la citada ley, cuantas personas, organismos y corporaciones resulten interesadas, puedan comparecer e intervenir en los expedientes iniciados y formular ante el jurado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Diario Oficial de Galicia, cuantas alegaciones estimen oportunas en la defensa de los derechos que crean asistirles en relación con los montes,

aportando, si es el caso, la documentación que consideren conveniente al respecto.

Lugo, 19 de mayo de 2000.

Luis González Vázquez

Presidente del Jurado Provincial de Montes

Vecinales en Mano Común de Lugo